CAPÍTULO VII
La enseñanza de la Religión en un Estado constitucionalmente no confesional (III)
La enseñanza religiosa en el ámbito escolar, en especial en los centros públicos, es solo un aspecto controvertido y judicializado más de los que han sido motivo de conflicto entre la Iglesia católica y los gobiernos del Partido Socialista desde la aprobación de la Constitución de 1978. Los debates, posiciones y controversias sobre el tema solo pueden entenderse si se les sitúa en dicho contexto, así como en el contexto más amplio de los cambios sociales, culturales, mentales y legales operados en la sociedad española en los últimos treinta años.
Desde una perspectiva general, los temas más conflictivos han sido los relativos a las regulaciones o proyectos de regulación del divorcio, de la interrupción legal del embarazo, del matrimonio entre personas del mismo sexo y de la muerte asistida. Los conflictos por cuestiones económicas han sido prácticamente inexistentes. Treinta y cuatro años después de la aprobación del Acuerdo sobre Asuntos Económicos con el Estado del Vaticano de 3 de enero 1979, en el que se fijaba un período transitorio de tres años para que la Iglesia se autofinanciara, el Estado sigue incluyendo en sus presupuestos una partida específica para la Iglesia católica, incrementada en los años 1987 y 2006. La práctica totalidad de controversias y conflictos, judicializados o no, se refiere a los aspectos antes indicados y a temas educativos. Y, dentro de éstos, la enseñanza de la Religión católica es sin duda el más relevante junto con el de la regulación, control y financiación de los centros privados concertados. Es más, puede afirmarse que la causa fundamental de la imposibilidad de llegar a un acuerdo o pacto en materia de educación entre los dos partidos mayoritarios— el Popular y el Socialista—, tantas veces intentado y nunca conseguido, reside en estas dos cuestiones. Otros temas educativos controvertidos son el de la presencia del crucifijo u otros signos religiosos en los centros docentes, y el de la materia de educación para la ciudadanía incluida en la Ley Orgánica de Educación aprobada en el año 2006.
Por lo que a la enseñanza de la Religión católica se refiere, la política seguida por los distintos gobiernos socialistas ha sido la de aceptar, como ya se dijo, el Acuerdo de 1979 con el Vaticano —pese a haber votado en las Cortes en contra de su aprobación— e interpretarlo de forma algo restrictiva o, en todo caso, no tan maximalista como lo han hecho la jerarquía eclesiástica y el Partido Popular. La primera diferencia se halla en el número de horas dedicadas a esta materia: más horas bajo los gobiernos populares y menos horas bajo los socialistas. Pero el fondo de la discordia se halla en la interpretación de esos dos párrafos del artículo 2 del Acuerdo en los que se dice que “la enseñanza de la religión católica” se efectuará “en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales” y sin que suponga “discriminación alguna en la actividad escolar”. Dos exigencias de las que la Iglesia católica deriva la necesidad no solo de que se imparta en el horario escolar —algo no puesto en cuestión por los gobiernos socialistas—, sino también de que esta materia sea evaluada, que sus calificaciones tengan los mismos efectos académicos que el resto de las materias, y que los alumnos que no cursen alguna de las religiones confesionales admitidas en el ámbito escolar, hayan de cursar obligatoriamente, y con carácter evaluable a todos los efectos, una disciplina sobre el hecho o fenómeno religioso desde una perspectiva histórica, artística y cultural o de índole ético-moral. Otro tipo de alternativa no disciplinar, no evaluable o voluntaria, discrimina, a juicio de la jerarquía eclesiástica, a los alumnos que optan por la Religión católica y devalúa además académicamente esta disciplina. Y viceversa, una materia alternativa, evaluable, con calificaciones académicamente válidas a todos los efectos y obligatoria, discriminaría, según los gobiernos socialistas, a quienes la cursaran: facilitar, se argumenta, el ejercicio de un derecho a unos alumnos no implica ni puede exigir obligatoriedad disciplinar alguna para otros, con independencia de la bondad o maldad de lo que se proponga como alternativa.
Es este contexto social, político y legal en el que hay que insertar la información que se ofrece y el análisis que se efectúa en relación con a) la evolución cuantitativa de la enseñanza de la Religión católica; b) la actitud y opiniones de los jóvenes sobre la Iglesia católica y dicha enseñanza —una amplia mayoría de los cuales han cursado esta disciplina—; c) la relación existente entre los datos anteriores y la evolución del proceso de secularización en España; y d) lo que se dice sobre el currículum o contenidos a enseñar en esta materia a partir de los manuales o libros de texto utilizados.
La realidad estadística: Evolución cuantitativa del alumnado de Religión
¿Cuántos alumnos han elegido cursar Religión católica y cuántos no han cursado enseñanza religiosa? ¿Qué tendencia ofrecen los datos sobre este tema? Para responder a ello hemos recurrido a las estadísticas ministeriales disponibles desde el curso 1998-99 hasta, de momento, el 2009-10; es decir, durante una década. La Conferencia Episcopal Española elabora también sus propias estadísticas, accesibles en su web a partir del curso 1996-97, pero las diferencias entre unas y otras no son significativas, además de no ofrecer datos sobre la enseñanza de otras religiones ni por Comunidades Autónomas.
Las cifras muestran una clara tendencia, por un lado, a la disminución del tanto por ciento de alumnos inscritos en la materia de Religión católica y, por tanto, al incremento de los que eligen la alternativa, dado que el porcentaje de los inscritos en las enseñanzas evangélica e islámica se muestra estable y no suele superar el 1 % entre ambas, y que los que eligen, a partir del curso 2007-08, la materia de Historia y Cultura de las Religiones oscilan entre el 2 y el 4 %, salvo en los centros privados no concertados en que dicho porcentaje puede llegar al 10 %. Según se desprende del cuadro nº 1, los alumnos que han cursado Religión católica han descendido en la educación primaria, siguiendo una tendencia regular, desde el 84,67 % en el curso 1998-99 al 74,19 % en el curso 2009-10 (–10,48 de diferencia), del 71,34 % al 54,39 % en la educación secundaria obligatoria (–16,45), y en el bachillerato del 47,39 % al 41,44 % (–5,95). Los datos disponibles reflejan en contrapartida, también desde el curso 1998-99 al 2009-10, el incremento de quienes han cursado la alternativa en la educación primaria del 14,97 % al 25,04 %, del 28,49 % al 43,07 % en la educación secundaria obligatoria, y del 52,57 % al 58,52 % en el bachillerato. De un modo u otro, es evidente el descenso de las inscripciones conforme se eleva la edad de los alumnos y se pasa de un nivel o etapa educativa a otra.
Cuadro nº 1. Evolución (en %) del alumnado inscrito en Religión católica por cursos académicos (1998-2010) |
Enseñanza primaria | 1998-1999 (*) | 2003-2004 | 2009-2010 | Diferencia 1998-1999/2009-2010 |
Todos los centros | 84,67 | 80,98 | 74,19 | –10,48 |
Centros públicos | 81,23 | 77,30 | 68,59 | –12,64 |
Centros privados | 91,42 | 88,37 | 85,93 | – 5,49 |
Secundaria obligatoria |
Todos los centros | 71,34 | 61,51 | 54,39 | –16,95 |
Centros públicos | 62,70 | 48,89 | 40,37 | –22,23 |
Centros privados | 92,78 | 85,73 | 81,86 | –10,92 |
Bachillerato |
Todos los centros | 47,39 | 51,36 | 41,44 | – 5,95 |
Centros públicos | 43,16 | 39,64 | 25,60 | –17,56 |
Centros privados | 77,44 | 81,33 | 76,71 | – 0,73 |
(*) Curso 1999-2000 para el bachillerato. Elaboración propia a partir de las estadísticas ministeriales. |
No menos interés tienen los datos relativos a la distribución porcentual de los alumnos inscritos en Religión católica según se trate de centros públicos y privados y, dentro de estos últimos, de centros concertados o de pago, así como entre las Comunidades Autónomas.
En todos los casos, el porcentaje del alumnado que cursa Religión católica es más elevado en los centros privados que en los públicos y el descenso de inscripciones, cuando se produce, es asimismo más pronunciado en los centros públicos que en los privados, sobre todo en la educación secundaria obligatoria. En la educación primaria, por ejemplo, las inscripciones en Religión católica en los centros públicos descienden, para los cursos indicados, del 81,23 % al 68,59 % (–12,64), en la secundaria obligatoria del 62,76 % al 40,37 % (–22,23) y en el bachillerato del 43,16 % al 25,60 % (–17,56). En claro contraste, en los centros privados el descenso de inscripciones es del 91,42 % al 85,93 % (–5,49) en la educación primaria, del 92,78 % al 82,56 % (–10,92) en la secundaria obligatoria, y solo del 77,44 % al 76...