Capítulo 1
EL ESTUDIO DE LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA
Parliament is not a congress of ambassadors from different and hostile interests, which interests each must maintain, as an agent or advocate, against other agents and advocates; but Parliament is a deliberative assembly of one nation, with one interest, that of the whole.
Edmund Burke1
INTRODUCCIÓN
Este capítulo tiene por objetivo definir los principios teóricos sobre los que se sustenta la presente investigación. Uno de los abordajes para entender la representación política es el estudio de la labor legislativa como mecanismo que delimita la visión sustantiva de la representación. Esta concepción se caracteriza por adentrarse en el contenido de la acción a partir de las actitudes y los comportamientos de los congresistas y de ella deriva la teoría de los roles. Precisamente, esta teoría es la que sirve de sustento analítico a este trabajo, ya que, a raíz de la misma, se han desarrollado muy variadas tipologías con el fin de entender y explicar la relación de los representantes con sus representados, así como la forma en que los primeros perciben y concretan su trabajo. Una de las tipologías más influyentes, clave para analizar el interés que persiguen los representantes, es la que divide el rol a partir de dos indicadores: 1) el focus, con el cual se busca conocer a quién representan los legisladores –si lo hacen defendiendo intereses individuales, locales, regionales, nacionales o sectoriales–; y 2) el “estilo”, para establecer cómo representan –si acatando instrucciones o desenvolviéndose de manera independiente–.
Para su exposición, el capítulo está estructurado en tres partes. En la primera son expuestas las bases conceptuales de la representación para delimitar y diferenciar las principales perspectivas teóricas que han acompañado al concepto. De modo simplificado, seguirá la exposición exhaustiva sobre la definición, el uso y las aplicaciones de la representación política elaborado por Hanna Pitkin (1967). Esta autora distingue cuatro concepciones a través de las cuales puede entenderse su significado: las visiones “formalista”, “descriptiva”, “simbólica” y “sustantiva”. Cabe adelantar que cada una ha estado presente en la vida política y, hasta cierto punto, están relacionadas entre sí.2 Sin embargo, por su propia naturaleza, no todas se solapan completamente porque “pueden darse formas de representación no parlamentaria” alejadas de la experiencia democrática (Cotta, 1994, pp. 267-268).
Una segunda parte se centra en ofrecer una aproximación a la teoría de los roles legislativos. A partir del rol legislativo, entendido como el principio de organización en torno a las actitudes y los comportamientos de los representantes, se establecen los fundamentos fijados en la literatura para determinar cómo actúan los legisladores y, en consonancia, qué intereses defienden. Como se mencionó, derivado de esos trabajos se han elaborado algunas de las tipologías más influyentes que toman como indicadores al focus y al “estilo” de la representación. En esta parte del capítulo se prestará especial atención a los trabajos de Wahlke y Eulau (1959) y de Eulau et al. (1959), puesto que estos autores fueron pioneros en el desarrollo de la teoría de los roles y en disponer sus contenidos de forma operativa. Como se deduce de lo anterior, se trata del establecimiento de las bases teóricoempíricas para la identificación del rol de los congresistas.
Continuando con la misma lógica, la tercera parte se ocupa de los trabajos que llevan al campo empírico las tipologías elaboradas dentro de la teoría de los roles. Se recogen nuevas categorías, se argumenta sobre los factores explicativos comúnmente asociados a la actitud y los comportamientos de los legisladores, y se muestran los hallazgos de esos trabajos de cara a la propuesta de operacionalización del focus que se realizará en el capítulo 3.
Antes de dar inicio, y de acuerdo con los objetivos planteados, es necesario aclarar que la representación política es entendida como el proceso a través del cual un individuo o un grupo –en este caso los legisladores– [son elegidos para] actuar en nombre de otros individuos o grupos –que son los ciudadanos– para tomar decisiones y/o hacer leyes (Thompson, 2001, pp. 11696).3 Puede observarse que en esta definición existe direccionalidad y delimitación del trabajo que deben realizar los legisladores, pero no se especifica el modo en que la representación se debe llevar a cabo. De tal modo, queda fuera el juicio a favor o en contra de que los representantes tengan que atender y defender intereses de sus electores, distrito, partido político o de la nación, y esa cuestión es uno de los propósitos de esta investigación: conocer los intereses que los diputados defienden en las iniciativas de ley que impulsan.
EL CONCEPTO DE REPRESENTACIÓN POLÍTICA
Alrededor de la representación política existen distintas controversias: la primera gira en torno a su definición, pues gran parte de los conceptos que ofrecen los teóricos no tienen relación entre sí o, incluso, son contradictorios; la segunda controversia se refiere a la relación entre representante y representado (Pitkin, 1967). Al respecto de esta última, en el debate académico se ha venido planteando que el representante, como señaló Thomas Hobbes,4 es libre de hacer lo que quiera; un segundo grupo argumenta que debe hacer lo que es mejor para sus electores –tomando la decisión en base a sus propios juicios–, y un tercer grupo, más reducido, plantea que debe actuar de acuerdo con los deseos y opiniones de sus electores.
Debido a la gran variedad de acepciones y enfoques teóricos, el término de representación política –como categoría analítica– presenta problemas de operacionalización. En ese sentido, el presente apartado pretende delimitar dicho concepto de manera que resulte operativo para los fines de la investigación. Para ello se agrupan las distintas visiones a través de las cuales los estudiosos conciben la representación. Con esto no solo se espera liberar el término de cargas ambiguas o equívocas, sino encontrar un denominador común –rescatado de las formulaciones expuestas en la literatura– que permita su pleno entendimiento.
A partir de la segunda mitad del siglo XX los estudios de la representación política procuraron delimitar el término con acotaciones conceptuales capaces de ser medibles empíricamente. La conocida publicación de Pitkin, The Concept of Representation (1967), marcó el inicio de un nuevo debate acerca del concepto, su desarrollo y usos. Desde la época de Edmund Burke y hasta la obra de Pitkin no existía una teoría consistente de la representación sino distintos puntos de vista alrededor del concepto.5 Incluso, en la actualidad, a pesar del avance teórico-empírico de la representación política, establecer su significado con precisión no es tarea fácil (Cotta, 1994). Por una parte, el excesivo formalismo que impregnó algunas investigaciones llevó a determinados autores a hablar de un distanciamiento entre la representación y las instituciones. Eulau (1967), por ejemplo, reconoció la existencia de instituciones representativas pero criticó a los teóricos por no saber con exactitud para qué servían, lo cual le llevó a afirmar que, en ese momento, el concepto de representación resultaba obsoleto tal como estaba siendo discutido por la teoría.
Otras aportaciones importantes provinieron desde distintas disciplinas o doctrinas del pensamiento. Hubo quienes defendieron que la representación devino del derecho privado. Según Sartori (1968), al definir la representación desde el derecho privado no se estaba concibiendo como verdadera porque para su análisis se utilizaban las mismas categorías técnicas y formalistas del derecho. Los críticos de esta visión encontraron incongruencias a la hora de concebir una “pretendida representación política, o les resultaba imposible que pudiera ser tratada jurídicamente” (Rodríguez, 1987, p. 139).
El punto de inflexión a las anteriores aportaciones lo encarnó el estudio de Pitkin de 1967, mediante un análisis de los orígenes etimológicos y de las diferentes conceptualizaciones de la representación a través del tiempo. Para un mayor acercamiento a sus variantes, la autora –como ya se mencionó– identificó cuatro dimensiones en las que puede concebirse el concepto de representación política: 1) formalista, 2) descriptiva, 3) simbólica y 4) sustantiva.6 Coincidiendo con Cotta, antes de explicar cada una de las distintas apreciaciones de la representación política, es necesario citar el elemento en común: “la referencia a una situación dual y relacional, [que] presupone, de este modo, un representante y un representado, y que entre éstos exista una cierta relación” (Cotta, 1994, p. 268). A continuación se profundiza en las cuatro dimensiones, prestando especial atención a los orígenes de cada una y a los estudios cuyas propuestas contribuyeron significativamente en el campo teórico, conceptual y empírico de la representación.
La representación Formalista
Esta visión se refiere a los arreglos institucionales que preceden a la representación y se compone de dos dimensiones: 1) autorización y 2) responsabilidad. El origen de la primera atiende a la forma en que Hobbes definió la representación en términos de “dar y tener una autoridad”, de tal manera que el representante es aquel que tiene la autorización para actuar en nombre del representado. Desde esta perspectiva, la representación es una especie de “caja negra” dentro de la cual el representante puede hacer lo que le plazca, cualquier acción llevada a cabo luego de la autorización y dentro de los límites de esta se considera representación (Pitkin, 1967, pp. 38-39). En el pensamiento de Hobbes, la autoridad recaía sobre el soberano, quien ostentaba tal investidura gracias al reconocimiento y aprobación de los habitantes. Ese “contrato”, producto del temor y no precisamente del raciocinio de los individuos, era un atributo del sistema imperante que contribuía a la seguridad de la comunidad (Martínez, 2004, p. 667). A raíz de los cambios políticos y sociales acaecidos en Europa en el siglo XVIII, la representación como autoridad comenzó a delegarse en el parlamento.7 Merece la pena resaltar que la identificación realizada por Pitkin (1967) de la representación como autorización, tuvo sustento en tres formulaciones teóricas provenientes de diferentes pensamientos. El primero desarrollado por los teóricos alemanes; el segundo heredero de los estudiosos del gobierno democrático representativo; y un tercero articulado en torno al trabajo de Eric Voegelin.
La principal característica que define el pensamiento alemán es que el epicentro de la representación recae en la colectividad de un grupo y no en el individuo como planteó Hobbes. Max Weber8 formuló que la representación existe cuando algunos individuos tienen la autoridad de actuar en nombre del resto. Caso contrario, cuando cada miembro forma parte de la toma de decisiones que afectan a todos, no se puede hablar de representación, sino de solidaridad. Los representantes serían, por tanto, aquellos miembros autorizados por un grupo más numeroso –con lo que su actividad se podría ampliar más allá del plano legislativo incluyendo órganos del Estado y oficinas gubernamentales–. Por añadidura, no hay manera de distinguir hasta qué punto los legisladores son verdadera o completamente más representativos que las dependencias de gobierno, sino que la autorización es para actuar en nombre de un grupo mayor sin importar la investidura que ostenta el órgano colegiado.
A partir del enfoque teórico de la democracia representativa, diversos autores observaron en las elecciones el criterio crucial de la representación como autorización. Bajo esta lógica, la democracia quedaría reducida al método de elección de los gobernantes como apuntó en su momento Schumpeter (1984), dotando a los ciudadanos de instrumentos para elegir a quienes tomarán las decisiones, mas no facultándolos para participar en el proceso de toma de decisiones (Nun, 2000).
Una consideración aparte requiere el trabajo de Eric Voegelin debido a su esfuerzo por reducir los problemas que refleja la dimensión “autorización”. Para ello, Voegelin sugiere tres “tipos” de representación diferenciados por niveles de imbricación: El “tipo elemental” se caracteriza por la existencia de un gobierno representativo, en el cual debe haber una legislatura y, si acaso, un Ejecutivo. El paso a un segundo nivel, denominado “tipo existencial”, requiere que la autorización dada a los líderes en el nivel anterior emerja gradualmente, y una condición necesaria es la presencia de una sociedad diferenciada y organizada para la acción social, pues, al igual que señaló Hobbes, solo en esas sociedades se opta por la representación. Para llegar al tercer nivel, dentro del “tipo trascendental”, se precisa que el líder –o líderes– actúe en consonancia con el espíritu de la nación, esto es, acorde con una realidad y verdad trascendentes. Según señala más adelante la propia Pitkin, el “tipo trascendental” al que llega Voegelin juega un papel central en el desarrollo de sus tesis más significativas, en las cuales se enmarcan temas históricos, sociales y religiosos.
Como se desprende de lo anterior, el elemento en común de los argumentos que recupera Pitkin es que en la representación por autorización la atribució...