Construcción constitucional del proceso de integración suramericano
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Construcción constitucional del proceso de integración suramericano
Información del libro
Esta obra, dirigida a estudiantes de Derecho, Ciencia Política, Relaciones Internacionales y ciencias, analiza la construcción jurídica de la integración Latinoamericana y hace especial énfasis en los procesos de la Comunidad Andina y del Mercosur. La obra es producto de una investigación doctoral en la que se pretende establecer un diálogo de saberes entre el derecho internacional, el derecho de la integración y el derecho constitucional con el fin de consolidar un marco jurídico frente al cual los países latinoamericanos han desarrollado los procesos de integración. Por tanto, se proporcionan elementos teórico-conceptuales que parten del análisis de las tendencias constitucionales así como de los distintos órganos judiciales que conforman los Estados y sus estrategias para consolidarse en bloque regionales.
Preguntas frecuentes
Información
ANEXOS
Anexo 1. Línea jurisprudencial: aplicación del derecho de la integración
Anexo 2. Origen de las constituciones suramericanas
País | Constitución | Origen de la misma, por su iniciativa |
Argentina | Constitución de la Nación de Argentina de 1853 con la reforma de 1994. | Por acuerdo del presidente Carlos Saúl Nemen y el líder de la oposición Raúl Ricardo Alfonsín se celebró el Pacto de los Olivos para la reforma de la Constitución de 1853, lo que dio lugar a la celebración de una consulta popular ciudadana para que las personas se expresaran al respecto.1 |
Bolivia | Constitución Política del Estado de Bolivia de 2009 | Concertación entre los perfectos y el Congreso Nacional. Luego pasaría a ser aprobada por Referendo Nacional Constituyente en enero de 2009.2 |
Brasil | Constitución Federal de Brasil de 1988 | Luego de recuperar la democracia en Brasil en1982, el Gobierno nacional convocó por medio de la enmienda 26 a la Constitución de 1964a una Asamblea Nacional Constituyente por parte de la Cámara de Diputados y del Congreso Federal.3 |
Chile | Constitución Política de la República de Chile de 1980 | Fue dictada por el Gobierno nacional el 11 de agosto de 1980 y sometida a plebiscito el 11 de septiembre del mismo año, siendo aprobada por el pueblo y promulgada por Decreto Supremo.4 |
Colombia | Constitución Política de Colombia de 1991 | Por iniciativa popular estudiantil se convocó a un plebiscito para que fuera aprobada la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente, que dictó la Constitución. Esta fue promulgada en la Gaceta Judicial n.º 116 del 20 de julio de 1991. |
Ecuador | Constitución Política del Ecuador 2008 | Por iniciativa del Gobierno nacional, en cabeza del presidente Rafael Correa, se aprobó una consulta popular con la finalidad de que los ecuatorianos decidieran si se conformaba una Asamblea Constituyente que dictara una nueva Constitución o una Asamblea Constitucional, que reformara aspectos defectuosos de la Constitución de 1998. |
Paraguay | Constitución de la República de 1992 | Aprobada por la Convención Nacional Constituyente que la redactó por iniciativa del Gobierno.5 |
Perú | Constitución Política del Perú 1993 | Aprobada por el Congreso Constituyente de Perú, luego fue sometida a referendo nacional el 31 de octubre de 1993 y promulgada el 30 de diciembre de 1993.6 |
Uruguay | Constitución de la República Oriental del Uruguay de 1967 con reforma de 1997 | Aprobada por plebiscito del 8 de agosto de 1996, publicada en el Diario Oficial n.º 24.701 del 9 de enero de 1997 por iniciativa del Gobierno.7 |
Venezuela | Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 | Aprobada por referendo del 15 de diciembre. Iniciativa popular.8 |
Anexo 3. Disposiciones de los textos constitucionales suramericanos que permiten la viabilidad jurídica del proceso de integración
ARGENTINA (Constitución de la Nación Argentina de 1853, con la reforma de 1994) | |
Concepto del derecho de la integración | Disposición constitucional |
1. Integración. | Ninguna disposición constitucional propiamente dicha. |
2. Creación de una comunidad supranacional o alguna referencia a laposibilidad de crear órganos supranacionales. | Ninguna disposición constitucional propiamente dicha. |
3. Referencia a la existencia del derecho comunitario que señale primacía, aplicación directa. | Ninguna disposición constitucional propiamente dicha. |
4. Cláusula de apertura (es aquella que le permite al sistema nacional aplicarel derecho supranacional o comunitario). | Ninguna disposición constitucional propiamente dicha. |
5. Supra legalidad de los tratados (buscar qué tratamiento tienen los tratadosinternacionales, cuál es su posición jerárquica dentro del orden interno). | PRIMERA PARTE CAPÍTULO I: DECLARACIONES, DERECHOS Y GARANTÍAS Art. 31.... |
Índice
- Cubierta
- Portadilla
- Portada
- Créditos
- LA AUTORA
- Contenido
- Abreviaturas
- PRÓLOGO
- INTRODUCCIÓN
- LA INTEGRACIÓN EN EL VIEJO CONSTITUCIONALISMO
- CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE INTEGRACIÓN POR PARTE DE LAS CONSTITUCIONES DE VIEJO CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO
- LA INTEGRACIÓN EN EL NUEVO CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO
- CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE INTEGRACIÓN POR PARTE DE LAS CONSTITUCIONES DEL NUEVO CONSTITUCIONALISMO
- CONCLUSIONES
- ANEXOS
- BIBLIOGRAFÍA