El incendio de la mina El Bordo
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El incendio de la mina El Bordo

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El incendio de la mina El Bordo

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Información del libro

A las siete de la mañana del 10 de marzo de 1920 se declaró un incendio en la mina El Bordo, en el estado mexicano de Hidalgo. Unas horas más tarde se dio por terminada la evacuación y se cerró el tiro de la mina para favorecer la extinción del incendio, previa declaración por parte de autoridades, médicos y representantes de la compañía minera.Seis días después se accedió de nuevo al interior para retirar los cadáveres: se calculaba que habían muerto unos diez mineros; sin embargo, una vez dentro, no sólo descubrieron que había ochenta y siete cuerpos, sino que todavía quedaban siete trabajadores vivos. Un relato real fascinante."La obra va mucho más allá de la mera e impactante crítica social, para profundizar tanto en las heridas de las víctimas como en la conciencia gangrenada de los victimarios, mostrando la cara y la cruz de una sociedad lastrada por los prejuicios de clase así como la naturaleza del desprecio humano por sus semejantes."Antonio J. Ubero, La Opinión

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Información

Año
2020
ISBN
9788418264474
Categoría
Literatura

EL INFORME PERICIAL

El día 20 de marzo el Juez ordenó a Berry que el 21 se desinfectara la mina, para que el lunes 22 pudieran entrar las autoridades a inspeccionar después de que se hubiera limpiado. Después de que se hubiera limpiado, eso es lo que ordenó. Así es que los primeros peritos entraron luego de que los administradores de la mina ya habían revisado los restos del desastre y de que ya habían pasado cuadrillas de mineros a escombrar.
Los peritos encontraron todo en perfecto estado: las tuberías, dos de aire, una de ocho pulgadas y la otra de una pulgada, una de agua potable de dos pulgadas y otra de agua contra incendio, en perfecto estado; los cables de fuerza eléctrica, en perfecto estado; una escalera de mano en el interior de la mina, en perfecto estado. Comprobaron esto después de bajar cientos de metros y caminar «por estrechas escaleras de madera colocadas firmemente sobre abismos», como se sintieron en la obligación de apuntar, porque una cosa es que los mineros lo hagan todos los días y otra que los licenciados deban hacerlo.
El expediente da cuenta de que en uno de los niveles inspeccionados, el 142, estaba todo en perfecto estado y que ya había gente haciendo trabajos de limpia y desinfección de la mina. También hallaron cuadrillas de gente limpiando en el 207, en cuyo despacho, literalmente, se halló todo al corriente, todo; se enlista: almacén, escalerado, tuberías, tolva, cuadro de señales y puertas de los niveles debajo de las cuales pasan los rieles; y teléfono (el que no servía cuando los sobrevivientes buscaban con desesperación cómo comunicarse con la superficie; Félix García específicamente dijo que intentaron utilizar ese teléfono y que no servía). En este nivel, donde encontraron a los sobrevivientes, por cierto, no sólo ya había gente en labores de limpia, sino que, aun antes de que se limpiara y de que entraran los peritos, ya se había enviado a un grupo de mineros a trabajar en la veta.
Sólo entonces entró el perito José Aurelio García, comisionado de la Secretaría de Industria y Comercio, para elaborar el informe definitivo, penúltimo eslabón en la cadena de actos que construiría el silencio oficial sobre el incendio en El Bordo. Toda una serie de autoridades le había preparado el terreno sobre el cual operaría, tanto ellas como él se habían encargado de traducir los restos del incendio a un lenguaje en el que se pudiera construir una versión inocua del incendio.
Los médicos, los ingenieros, el fotógrafo son los traductores que leyeron las piedras y los cuerpos, tradujeron la multiplicidad del mundo físico a un conjunto limitado de significados útiles para la interpretación del Juez: indicios, causas, pruebas de cómo se dieron los acontecimientos. Ante la ausencia de pruebas definitivas, el mero saber de estos sujetos fue suficiente para orientar el juicio de las demás autoridades, como la declaración de muerte de todos los mineros a unas cuantas horas de comenzado el incendio, o la certeza de cuál era el estado de cadáveres atrapados cientos de metros bajo tierra aunque no hubieran visto ninguno. Todos estos «saberes» fueron aceptados sin cuestionamientos.
Los secretarios del juzgado son traductores de voces: escuchan a ciudadanos sin calificación para dialogar con la ley y convierten su voz, singular, pedestre, en una voz universal y neutral que pueda encajar en los códigos con que funciona el proceso.
Los jueces y magistrados son quienes abren y cierran el círculo: generan acciones cuyos resultados son consignados en el expediente, que eventualmente ellos tendrán que interpretar para emitir el último, definitivo acto de habla. El «ciudadano juez» (siempre el énfasis en su estatus republicano) es en primer lugar un lector. Interpreta el texto que le han dado que incluye una recomendación; pero no es el autor, y por lo tanto no es el único responsable de la decisión que se tomó.
El Presidente Municipal es una figura decorativa: aparece en las inspecciones, se apersona en el juzgado, ofrece su firma, pero no ordena nada, no determina nada, no da ninguna opinión o si la da nadie la toma en cuenta. Decir «figura decorativa», no obstante, no es un mero insulto: esta decoración, en tanto parte de la ceremonia, ayuda a cumplir el objetivo de legitimar el proceso, le añade formalidad y peso institucional. Traduce lo banal en importante, lo informal en oficial.
Las autoridades traductoras aparecen como neutrales, racionales, sin temores o intereses, y cuando sus prejuicios salen a relucir es como si estuvieran practicando el sentido común o como si estuvieran señalando algo evidente con el dedo: que no haya mineros vivos, o que alguno de ellos es culpable del inicio del fuego, por ejemplo.

Entonces, cuando el perito Aurelio García finalmente bajó a la mina, lo hizo con un instructivo en el cual el Juez de Distrito le planteaba once cuestiones:
1.ª Cuál fue o pudo ser el origen del incendio;
2.ª En caso de no poderse determinar ese origen, qué causas de incendio pueden considerarse que queden eliminadas, esto es, que no hayan sido las originadoras de él;
3.ª Si hay en la mina un sistema de servicio telefónico bastante para dar voces de alarma en casos de catástrofe, tanto desde el exterior hacia todos los laboríos interiores como en todos estos entre sí;
4.ª Si es completo el servicio de vigilancia de todos los departamentos interiores de la mina para cortar casos de incendio;
5.ª Qué seguridades contra incendio tiene la mina, esto es, los preventivos para evitarlo;
6.ª Si todos los niveles de la mina tienen comunicación con la de Santa Ana y con el tiro de Sacramento;
7.ª Si los cables de las jaulas estaban en buenas condiciones antes del incendio;
8.ª Si las jaulas prestan las seguridades debidas para la entrada y salida de los operarios;
9.ª Qué capacidad tienen esas jaulas;
10.ª Qué clase de construcción es la de los tiros de la mina;
11.ª Si la Compañía que trabaja esa mina cumple o no con todas y cada una de las cláusulas del Reglamento de Policía y Seguridad en los trabajos de las minas. Todo esto sin limitarse al interrogatorio, según «su leal saber y entender en su profesión».

Y éstas son las instrucciones que NO le dio el Juez al perito:
No lo instruyó a inspeccionar antes de que entraran cuadrillas a limpiar.
No lo instruyó a confrontar a los administradores sobre las contradicciones entre lo que declararon los sobrevivientes y lo que declararon aquéllos.
No lo instruyó a averiguar por qué había tal disparidad en las cifras de mineros muertos.
No lo instruyó a tratar de averiguar cuánta gente más pudo estar viva al momento de sellar los tiros.
No lo instruyó a determinar si los administradores habían incurrido en negligencia criminal al ordenar el cierre de los tiros cuando aún había gente viva adentro, como, en efecto, había.

Casi cinco meses después de que comenzara su inspección, el 18 de agosto, el Agente del Ministerio Público Irineo Quintero, en consideración del dictamen rendido por el perito oficial, Ingeniero José Aurelio García, pidió el sobreseimiento de la causa, pues según este informe resultaba imposible determinar el origen del incendio y, por lo tanto, no había delito que perseguir ni persona que pudiera hacerse responsable criminalmente. No hay la menor sugerencia de que pudiera haber alguien imputable por las muertes causadas al cerrar los tiros cuando aún había mineros con vida adentro, pero sí se desliza la hipótesis de que el incendio pudiera haber sido causado por un trabajador.
Seis días después el Juez concedió el sobreseimiento y ordenó archivar el expediente.

Esto es lo que vio el perito García:
Primero, cuánta gente trabajaba ahí y cómo estaba distribuida: «En la mina El Bordo trabajan por término medio 800 hombres cada 24 horas, de los cuales 530 lo hacen en el interior. Para la organización del trabajo la mina se considera dividida en tres departamentos, A, B y C; el primero comprende desde la superficie hasta el nivel 305, el segundo, los niveles que se encuentran debajo de este nivel hasta el 415 y el tercero todo lo que se encuentra abajo del 415; cada departamento se encuentra bajo la vigilancia de 2 coleadores, 1 sota-minero, 1 capitán y 1 foreman, y toda la mina bajo la dirección del Superintendente que recibe instrucciones del Gerente General».
Más adelante dice, sobre los salarios de los trabajadores: «En la mina se trabaja con tres puebles, correspondiendo a cada pueble una jornada de ocho horas, los trabajos se hacen en lo general por contrato y en la menor parte por gente rayada obteniendo ésta como mínimo un jornal de $1.80, un peso ochenta centavos, un jornal máximo de $6.00, seis pesos, y un jornal medio de $2.60, dos pesos sesenta centavos; en los trabajos por destajo, obtienen los operarios mayores cantidades que las anotadas». Tras esto, creyó necesario añadir que «en lo que lleva la Compañía de trabajar, de mediados de 1918 a la fecha, no se han registrado huelgas».
El perito confirmó también que el título de minas del Ingeniero de Minas era válido, que en el libro de raya se anotaba diariamente al personal al entrar, y que al salir pasaban la contra-raya para anotar su salida, que no había trabajadores menores de doce años, que en los almacenes de los departamentos se contaba con alcohol, desinfectantes, gasas, algodón y medios de socorro inmediato para los heridos, y que en el exterior había un cuarto destinado para las primeras curaciones, con un botiquín mejor surtido que los botiquines de los almacenes.
El perito García da fe de que cuando entró a la mina el tiro de El Bordo ya estaba completamente arreglado y los de La Luz y Sacramento estaban arreglándose. No vio ningún conflicto entre ese hecho y sus observaciones a continuación, en las que aprueba sin reservas el estado en que encuentra la mina. Señala que las escaleras y los tapextles en que éstas descansan tienen las condiciones de seguridad necesarias, que los tiros están cercados por rejas que impiden que haya accidentes, que en los cuartos de malacates, en las bocas de los tiros y en todos los despachos hay cuadros de señales para el servicio de las máquinas de extracción, y que está claramente determinado que sólo un individuo que viaja constantemente en las jaulas y los encargados en el despacho están a cargo de mandar las señales. Que por todo esto es evidente que se cumple con las disposiciones del Reglamento de Policía y Seguridad en los Trabajos de las Minas.
No sólo cumplían lo mínimo, para el perito la Compañía hacía más de lo requerido, como puede verse en este párrafo que ejemplifica su buena disposición para con los patrones: «La Compañía que trabaja actualmente la mina de El Bordo se preocupa por todo lo que mejora la ...

Índice

  1. Cubierta
  2. Portada
  3. Créditos
  4. El Bordo
  5. Ese día
  6. La espera
  7. Los sobrevivientes
  8. El incendio de las mujeres
  9. El informe pericial
  10. La fosa
  11. Los muchos días siguientes
  12. Agradecimientos