Contribuciones a la criminología
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Contribuciones a la criminología

En acción lacaniana

  1. 226 páginas
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Contribuciones a la criminología

En acción lacaniana

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Llevar adelante una Acción Lacaniana implica el compromiso so­cial de cada psicoanalista que, en tanto tal, se espera esté a la altura del malestar de la cultura de su época. No siempre es fácil conversar con otros discursos y mucho menos causar interés y con­fianza, pero cuando un psicoanalista desea saber, se suscitan nue­vos lazos y surgen este tipo de elaboraciones que sirven de bisagra para algunos puntos de formalización teórica. ¿Cómo una institución carcelaria abriría sus puertas al psicoaná­lisis? La llave viene desde adentro. En un manojo de llaves que pretende despertar al lector de los textos que hacen a este libro asumiendo un riesgo, el de esclarecer algunos conceptos psicoa­nalíticos a partir de una experiencia institucional. Las páginas de este libro recogen elaboraciones analíticas sobre crímenes, sobre psicosis, sobre la crueldad, sobre el miedo, sobre el abuso, final­mente sobre la responsabilidad y lo que a la libertad, resta... Leer este libro abrirá una diversidad de casos que operan sobre lo real del goce y lo que en psicoanálisis conocemos como la pulsión de muerte, que cuando va a la deriva encalla en lo peor. Asimismo, leeremos inquietantes situaciones de lo que pasa en un sujeto ins­titucionalizado cuando lo que hay es una ausencia de mediación sintomática cuyos efectos se convierten en un desafío para el psi­coanalista concernido en esta Poleana con la que se las ingeniará para encontrar alguna salida. (Del Prólogo, por Raquel Cors Ulloa).

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Información

Año
2020
ISBN
9789878372389
Categoría
Psicología
Categoría
Psicoanálisis

Crímenes de niños (*)

Silvia Elena Tendlarz
EOL

Muchas gracias por la invitación. La última vez que estuve en México tuve el gusto de estar en la sede invitada a hablar de criminología, y en ese momento elegí como título “¿Todos los homicidas son locos?”, en homenaje a Carlos Dante García que había muerto recientemente. Hice un desarrollo centrándome en particular en los school killers, o sea, los asesinatos en escuelas. Partí de un desarrollo acerca de los distintos tipos de criminales que se han examinado tanto en la historia de la psiquiatría como del psicoanálisis, y en particular esta forma de presentación contemporánea de los asesinatos que son los crímenes en la escuela. En base a lo que ya hablé la vez pasada, que fue publicado en la NEL-CDMX, y a partir de lo que Viviana me envió del trabajo que están haciendo ustedes en los penitenciarios, decidí tomar como tema para el día de hoy, no tanto la cuestión de ¿A quién mata el asesino? en general, ni la lógica del pasaje al acto homicida, sino que me voy a centrar en los crímenes de niños.
Cuando uno habla de crímenes de niños evidentemente hay una amplitud de criterios que puede ser el crimen de un niño a otro niño, los asesinatos en escuelas, los asesinatos como un acto terrorista, una situación de extrema violencia, pero me voy a centrar en el asesinato de padres a hijos, en particular, de la madre a su hijo. Uno puede preguntarse: ¿cómo es posible que una madre mate a su hijo? Se parte de la concepción popular de que existe un instinto materno que haría que la madre siempre proteja a su hijo, o al menos en la especie animal las madres protegen a las crías, salvo en situaciones muy particulares donde no lo hacen; pero en principio de una manera instintiva se protege a la cría. Por eso uno puede preguntarse: ¿cómo puede ser que eso desaparezca?
Con crímenes de niños o de una madre a su hijo, aparece la pregunta acerca de si existe realmente un instinto materno, si es posible tomar las cosas desde esta perspectiva. Junto a este tipo de crímenes está la maternidad. Incluso, que una madre mate a su hijo produce sorpresa. En la actualidad hubo un caso en México, en Salinas Victoria, de una mujer que mató a sus hijos, y la sorpresa de cómo puede ser que esa mujer mate a sus hijos; y también vi en México que uno de los casos muy conocido fue el de una mujer que tenía 33 años y mató a sus tres hijos a puñaladas. Es un tema que en sí mismo produce estupor, un efecto extraño.
La primera pregunta que aparece es ¿quién mata?, ¿en qué circunstancia se puede matar a un hijo? Están los casos de mujeres solas, separadas, que no están alojadas en un lugar simbólico y que no encuentran otro destino frente a su hijo recién nacido. Tenemos un punto en particular para trabajar, que es lo que se llama neonaticidio y también se llama infanticidio. El infanticidio es el asesinato del niño recién nacido, hasta los tres primeros días de la llegada del bebé, y después pasa a ser un filicidio. Se considera que es un tiempo en que se podría declarar su nacimiento, pero vamos a ver cuál es su carátula y cómo se lo examina; muchas veces puede estar asociado a una psicosis puerperal y queda distinguido del filicidio.
Entonces, hay otras situaciones, por ejemplo, algunas mujeres en estado melancólico pueden pensar que su vida no tiene más sentido, que no tiene más sentido vivir y es mejor matar a sus hijos y matarse a sí misma; muchas veces este asesinato de los hijos en estado melancólico no lleva necesariamente, de forma consecutiva, a que la mujer se mate, entonces pasa que mata a sus hijos sin que ella logre suicidarse. También hay asesinatos en estados alucinatorios, en donde no hay un claro discernimiento de lo que están haciendo y en ese momento asesinan a sus hijos.
Después hay una cuarta situación, de extrema violencia, en que se matan a los hijos a golpes o en una situación que es extrema, muy particular, donde esta violencia está asociada en general a niños mayores. Son diferentes las situaciones de una mujer que tiene un bebé y no sabe qué hacer con eso que aparece en lo real, que no tiene cómo alojarlo simbólicamente, a una mujer que tiene al hijo más grande y lo mata; siempre las condiciones tienen que ser examinadas en su singularidad, porque no hay ninguna manera de poder plantear un universal de la madre homicida.
Los que trabajan en situaciones penitenciarias saben que, además de los peritajes que tratan de examinar las circunstancias, y del discurso tipo que encuentran, la defensa propone ciertas estrategias de cómo plantear las cosas, y eso hace que en los peritajes muchos de los discursos sean parecidos; sin embargo, siempre hay un rasgo singular que permite tratar de aprehender cuál es la subjetividad en juego cuando se hace un pasaje al acto infanticida.
Ignoro cómo son las legislaciones en torno al tema del infanticidio en México o en Guatemala o en los países de la NEL, pero en Argentina el tema de si es menor de tres días se toma en cuenta para ver si se considera como infanticidio o si pasa a la categoría de un homicidio ordinario, y eso determina la condena. Lo que se juega no es solo si una mujer mata a su hijo recién nacido o más grande, siempre se considera culpable, pero en lo que respecta a la condena, se considera el crimen calificado por el vínculo o se toman en cuenta las circunstancias atenuantes, y eso cambia el veredicto de cómo se juzga el caso.
Hay que saber que en ciertas sociedades el infanticidio fue aceptado, aunque no en forma legal. En China, cuando solo podían tener un bebé, sobre todo en las ciudades rurales que necesitaban un varón que pudiera trabajar y sostener una casa, la hija se iba con la otra familia y ya no tenían quién cuidara a las personas mayores, mataban a las niñas recién nacidas puesto que solo podían tener un solo hijo. Había un punto de aceptación. Eso cambió, la situación de China es que ya se pueden tener dos hijos y eso permitió que no se mate a tantas niñas recién nacidas; el sexo determinaba un poco el destino de la manutención de la casa y el destino social.
Pero en principio existe una condena a lo que se llama infanticidio que es diferente al homicidio, en la medida que se toma como circunstancia atenuante el estado puerperal en el que puede haber cierta confusión. En Argentina, el infanticidio se incluyó en la legislación de 1921 pensando que esto cuidaba el honor de las mujeres; lo plantean en estos términos: quedar embarazada y ser madre soltera mancillaba su honor y podría llevar a una mujer a la locura y a matar a su bebé. La intención de proteger a una mujer que mata a su bebé recién nacido es buena, pero la argumentación es un poco débil en el siglo XXI. Se puede pensar que una mujer puede tener hijos en distintas estructuras de parentalidad: monoparentales, homoparentales, homosexuales o no; el deshonor de ser madre soltera no tiene asidero en la actualidad. En un momento se pensó que no tenía vigencia, pero al quitar de la ley argentina en 1994 la figura del infanticidio tuvo como consecuencia que se aumentó la pena, es decir, una mujer que mata a su hijo recién nacido podía ser condenada a prisión perpetua, recibir entre 8 y 25 años de acuerdo a si había circunstancias atenuantes o no, porque pasaba a ser un homicidio simple.
Hubo un caso que se volvió paradigmático en Argentina, fue el caso T., quien había quedado embarazada, y no quiso decir nada a su familia; tenía 18 años, y dijo en el juicio que fue violada, pero como el aborto en Argentina no está legalizado como una manera de interrumpir el embarazo no dijo nada, y cuando nació el bebé lo puso en una caja –era una niña–, y la mató de 21 puñaladas. La fiscalía pidió cadena perpetua y la defensa pidió la absolución, y finalmente fue condenada por homicidio agravado por el vínculo a 14 años de prisión. Pasó 9 años encerrada y se le otorgó libertad condicional por buena conducta en 2012. Esto originó cierta polémica porque se le daba una condena muy larga a una joven que después de todo no había encontrado qué hacer, como tantas otras jóvenes desamparadas que no encuentran solución, particularmente en chicas embarazadas adolescentes.
Una situación particular ocurrió con una adolescente de 14 años que quedó embarazada en La Plata, no se dio cuenta el padre, ni el colegio, nadie de su entorno se enteró que ella estaba embarazada, y fue a dar a luz al descampado, tuvo al bebé y lo abandonó. La situación es la siguiente, si el bebé hubiera muerto hubiera sido un crimen de filicidio siendo una menor de edad –cuando T. fue culpada todavía en Argentina la minoría de edad era hasta los 21 años, ahora se bajó a 18 años, pero en esa época era menor de edad– se le dio una pena de 14 años. Lo particular fue que una perra ovejera alemán lo encontró y lo llevó con ella, había sido mamá, ahí está el instinto materno, y se llevó al bebé junto a sus cachorritos, ahí pasó la noche e impidió que el bebé muriera. Cuando escuchó el llanto el dueño del perro, se asomó y encontró al bebé. Luego se ubicó quién era la madre, que no había sabido qué hacer y se le restituyó el bebé, si no, hubiera sido culpable de un homicidio simple, y en realidad es la misma chica de 14 años que se encuentra embarazada, sola, y en definitiva se encuentra abandonándolo; es sin duda diferente a matarlo a puñaladas y hay algo de exceso en las 21 puñaladas, pero esta niña lo abandona, no quiere ni su vida ni su muerte, simplemente es un bebé que no ha sido simbolizado como tal.
No hay un instinto materno, que es lo que se pone en cuestión; en la perra sí, y esta perra madre los salva a los dos, porque salva al bebé y a esta niña de no ser condenada.
El tema es que cuando se trata de filicidio es un poquito más complicado, porque todo esto lleva a discusiones en las distintas legislaciones donde se trata de mantener la figura del infanticidio justamente para proteger a estas mujeres que no encuentran una solución a qué hacer con sus bebés. Con el filicidio es otro tema, porque hay distintas calificaciones que pueden ser homicidio agravado por el vínculo, homicidio por omisión, cuando no lo cuida como debería, también puede ser por abandono de persona calificado por el vínculo; por ejemplo, tiene al bebé pero no le da de comer, se muere, es un crimen, es un abandono, no lo mata directamente pero es abandono de persona u omite hacer el tratamiento que debería hacer y es abandono de persona. Cuando se trata de un conflicto sobre la base de creencias religiosas el Estado tiene que intervenir cuando los padres deciden no dar un tratamiento médico vital a sus hijos. Un caso en Argentina planteó esta situación: los padres se negaron a hacerle una transfusión sanguínea a su hijo de 18 años porque eran testigos de Jehová y no estaban de acuerdo con la transfusión sanguínea necesaria para salvarle la vida. De no haberlo hecho tampoco se hubiera considerado un filicidio porque ellos tenían la autoridad por ser los padres, de aceptar o no el tratamiento. En ese caso hubo un juez que hizo un recurso de amparo y se le hizo la transfusión y se salvó; en ciertas situaciones se trata de una cuestión jurídica para dirimir qué se pone en juego.
Dentro de los distintos tipos de filicidio se habla de:
• Filicidio altruista, cuando hay un delirio melancólico, se lo trata de salvar y queda asociado a una idea de suicidio.
• Filicidios delirantes asociados a estados alucinatorios, y aquí el sujeto puede matar a su hijo sin darse cuenta de lo que está haciendo, entra dentro de los crímenes de la esquizofrenia con estados alucinatorios.
• Los de venganza, como la figura paradigmática de Medea que para vengarse de su marido Jasón mata a sus hijos. En cierta ocasión tuve la oportunidad de hacer un seminario sobre crímenes de niños y me presentaron el siguiente caso: en una separación entre un hombre y una mujer, él pierde...

Índice

  1. Portadilla
  2. Legales
  3. Prólogo, Raquel Cors Ulloa
  4. Programa de investigación en psicoanálisis y criminología de la Nel-ciudad de México
  5. Textos
  6. Entrevistas a puertas cerradas
  7. En acción lacaniana. Agujeros
  8. Contribuciones epistémicas