Hablar lenguas indígenas hoy: nuevos usos, nuevas formas de transmisión
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Hablar lenguas indígenas hoy: nuevos usos, nuevas formas de transmisión

Experiencias colaborativas en Corrientes, Chaco y Santiago del Estero

  1. 311 páginas
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Hablar lenguas indígenas hoy: nuevos usos, nuevas formas de transmisión

Experiencias colaborativas en Corrientes, Chaco y Santiago del Estero

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¿Cómo investigar nuevos usos de lenguas indígenas mediante abordajes colaborativos con sus hablantes? En este libro se exponen etnografías, relatos y experiencias sobre cambios en los usos de las lenguas indígenas contemporáneas, situadas en tres provincias argentinas: Chaco, Corrientes y Santiago del Estero. Estas investigaciones en co-labor proponen, así, un viaje por diferentes rincones del norte de la Argentina donde estas lenguas son vigentes y cotidianas y en los cuales diferentes actores -incluyendo a quienes investigan- participan en la transformación de las prácticas y de sus sentidos. Se trata de diagnósticos en co-labor, experiencias dolorosas, reflexividades compartidas, conflictos sociales y educativos. El resultado es una cartografía sociolingüística extensa y disímil, pero que da cuenta de una heterogeneidad que echa luz sobre un misterio: el espacio que es definido y que define lo bilingüe y a los hablantes bilingües.

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Información

Año
2020
ISBN
9789876918947
Categoría
Filología
Categoría
Lingüística
TRABAJANDO

“Ya hay hermanos que están dentro del Poder Judicial trabajando”: formación y actuación de los peritos traductores-intérpretes en lenguas originarias en el Chaco

Georgina Fraser
Este trabajo busca constituirse como un aporte a la reflexión en torno a la interpretación comunitaria, en particular, la formación y el desempeño laboral de los intérpretes-traductores en lenguas originarias en la Justicia. Los estudios sobre interpretación en situaciones sociales, como el ámbito médico o el judicial, son recientes1 y, como señala Cristina Kleinert (2016), son particularmente escasos aquellos orientados a la interpretación en lenguas originarias. En este sentido, se destacan el propio trabajo de Kleinert acerca de la formación e iniciación profesional de los intérpretes en las lenguas nacionales mexicanas y el de Susan Berk-Seligson (2008) sobre los múltiples puntos de vista en torno al acceso a la justicia y los intérpretes de quichua en el sistema judicial en Ecuador.
Kleinert toma elementos de los estudios de traducción y de la sociolingüística para, desde un enfoque decolonial y con una perspectiva etnográfica, reflexionar acerca de las competencias que ponen en juego los intérpretes en lenguas nacionales para la interpretación en los servicios públicos en México y su relación con la formación. Su trabajo se interroga acerca de si dicha formación consigue poner en diálogo modelos de Justicia diferentes, como los acordes a epistemologías indígenas y a las coloniales, estas últimas aún perpetuadas por el Estado nacional. Asimismo, hace hincapié en la importancia de pensar la formación de intérpretes indígenas desde un análisis de necesidades, con el objetivo de fortalecer la identidad cultural y lingüística de estos actores para “vigorizar su agencia”, así como acompañarla con un programa de sensibilización de funcionarios en aspectos clave relativos a la interculturalidad y la diversidad lingüística. Finalmente, muestra la diversidad de roles que son asignados a los intérpretes y el modo en que muchos de ellos son naturalizados por el poder estatal, de manera tal que la remuneración por el trabajo profesional queda en suspenso o se relativiza.
Por su parte, Berk-Seligson investiga el acceso a la justicia y los servicios de interpretación en relación con el quichua en Ecuador. En su trabajo analiza, desde una perspectiva sociolingüística, las ideologías lingüísticas que dan sentido a las decisiones institucionales relativas al papel de los intérpretes en los procesos judiciales que involucran a miembros de pueblos originarios en ese país. Como señala la autora –y como también mostraron Virginia Unamuno y Juan Bonnin (2018) en el campo de la educación y la salud en el Chaco–, la administración de justicia estatal pone en juego discursos que se sostienen sobre una ideología del Estado-nación moderno, que considera las lenguas originarias como recursos de acceso a derechos universales que se definen a partir de la lengua española (ver Bonnin, en este volumen). Esto tiene un correlato en los modos en que se percibe el papel de los intérpretes en lenguas indígenas en los procesos judiciales, donde se los margina a actuaciones puntuales, incluso no profesionales ni rentables.
Nuestra investigación se centra en la provincia del Chaco, donde la situación no es diferente. La formación de traductores-intérpretes en lenguas originarias para el ámbito de la Justicia es excepcional y reciente, y surge en el cruce entre las demandas propias de los pueblos originarios de la provincia y las presiones internacionales destinadas a garantizar el acceso de dicha población a la justicia y a los derechos que de ella se derivan. Tomando elementos de la sociolingüística de perspectiva etnográfica y sobre la base de entrevistas y de la participación como formadora en un taller para peritos traductores-intérpretes,2 nos proponemos dar cuenta de algunos discursos en torno al papel del intérprete en lenguas originarias y cómo estos influyen en el modo de pensar la formación y remuneración de la práctica profesional.
Para ello, describiremos, en primer lugar, los dispositivos que el Poder Judicial chaqueño implementó para dar respuesta a las exigencias internacionales y locales. Luego, analizaremos algunos discursos relativos a la figura del perito traductor-intérprete (PTI) en lenguas indígenas que aparecen en la legislación, las entrevistas y las intervenciones en el taller, y que se organizan en cuatro ejes: la desigualdad y la discriminación, la solidaridad para con el grupo de pertenencia, el acceso a la justicia y los supuestos acerca de la propia práctica de la interpretación. Finalmente, pondremos esos discursos en relación con las prácticas de formación y remuneración de los intérpretes.

Exigencias locales e internacionales

En 2003, en la localidad de El Espinillo, provincia del Chaco, tres criollos forzaron y violaron a una joven qom de quince años. Desde el momento en que la joven se presentó a la comisaría para hacer la denuncia hasta la absolución de los acusados, el proceso estuvo plagado de irregularidades y atravesado por la discriminación. El caso fue llevado ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que consideró que el Estado había violado los derechos de la adolescente (L.N.P.) contenidos en varios artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Entre otros señalamientos, el dictamen advierte que “según afirma la autora [L.N.P.], el proceso tuvo lugar íntegramente en español y sin interpretación a pesar de que tanto ella como otros testigos tenían problemas de comunicación en dicho idioma”.
Son numerosos instrumentos internacionales que exigen o recomiendan, de manera explícita o implícita, la presencia de un intérprete o la necesidad de una traducción en el ámbito jurídico-judicial: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Convenio 169 de la OIT (art. 30, inc. 2), la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 (parte I, cap. 2, art. 8, inc. 2), la Declaración Principal de la VII Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, entre otros. La Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 8º y 10º) y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (art. XVIII) contemplan el derecho de justicia y el acceso a los tribunales en condiciones de igualdad.
La provincia del Chaco, por su parte, tiene una legislación pionera en el país en materia de reconocimiento de derechos lingüísticos, que no puede disociarse de las luchas históricas de los pueblos moqoit, qom y wichi, como las exigencias del “grupo de los seis” en 1987, los cortes de ruta en demanda de intérpretes o agentes sanitarios bilingües, o el papel de la comunidad qom de El Espinillo y de la Asociación Comunitaria Meguesoxochi en la visibilización del caso L.N.P. La ley 6.604 de 2010, la misma que hace oficiales las lenguas de la provincia, solicita la instrumentación de “acciones de formación y capacitación de interpretación pertinentes” (art. 4º) y la “capacitación y habilitación lingüísticas de los agente [sic] públicos y para traducción de la normativa vigente” (art. 6º) con vistas a garantizar que los ciudadanos puedan utilizar su lengua para comunicarse con el Estado. El Código Procesal Penal establece en su artículo 253: “Se nombrará un intérprete cuando fuere necesario traducir documentos redactados o declaraciones a producirse en idioma distinto al nacional o lenguas indígenas”, al que recientemente se agregó el artículo 140 (ex-132 bis) que dictamina que “en los casos de declaración de personas pertenecientes a comunidades indígenas, la presencia del intérprete o traductor será obligatoria bajo pena de nulidad”. Asimismo, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco adhirió, mediante el acuerdo 3.092 (29 de abril de 2009, pto. 22), a las 100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, que requiere la convocatoria a un traductor o intérprete tanto en el ámbito penal como en situación de mediación, así como también insiste en la necesidad del acceso a la información.
En diciembre de 2014 se creó en la provincia la Coordinación Integral de Actividades Judiciales de los Tres Pueblos Indígenas del Chaco del Superior Tribunal de Justicia, que tiene entre sus funciones confirmar que haya PTI presentes en las distintas instancias. El 13 de octubre de 2015, el STJ habilitó un Registro Especial de Traductores e Intérpretes de Lenguas Indígenas mediante la resolución 1.859. Si bien existían registros con anterioridad, su alcance es mayor –provincial– y se facilitaron las condiciones de inscripción. Asimismo, el Centro de Estudios Judiciales de Chaco (CEJ), que tiene entre sus principales misiones la actualización en la formación de los miembros del Poder Judicial, ha promovido desde entonces la participación de los PTI en talleres, charlas y capacitaciones destinados a los empleados del Poder Judicial en general. Dichas instancias abordan temas propios del derecho y están orientadas tanto a la adquisición de conocimientos sobre sus principios como sus procedimientos. Entre ellas, se destacan el curso anual para empleados judiciales para el fuero civil y comercial, que se dictó en distintas localidades de la provincia, y varias charlas sobre violencia de género. También se impartieron talleres sobre derecho indígena, como la posesión comunitaria de las tierras y la personería jurídica de las comunidades, así como un ciclo sobre las 100 Reglas de Brasilia.
A principios de 2016, la coordinadora de Actividades Judiciales de los Tres Pueblos Indígenas solicitó ayuda para diseñar una capacitación destinada a los intérpretes que estuviera orientada a la práctica de la interpretación y al rol del intérprete. A partir de esta demanda, diseñamos un proyecto y solicitamos –sin éxito– financiamiento a un organismo público nacional. En este sentido, tampoco fueron fructíferas las gestiones de la coordinadora ante el Poder Judicial. Finalmente, en octubre, ante la urgencia que se planteaba tras algunos incidentes relacionados con la falta de profesionalización de los intérpretes, tomamos la decisión de organizar nosotras mismas un taller de un día de duración. El encuentro tuvo lugar finalmente el 19 de diciembre de 2016 y contó con el apoyo de la Asociación Argentina de Traductores e Intérpretes y del CEJ. Participaron 19 de los 28 PTI registrados ese año. Se trata de un porcentaje alto si se tiene en cuenta que, aunque la capacitación se brindaba de manera gratuita, cada uno debía costear su propia movilidad (los pasajes intraprovinciales son caros) y muchos de ellos nunca habían cobrado por sus actuaciones. También estuvieron presentes en el taller la entonces presidenta del STJ del Chaco, la secretaria coordinadora del CEJ y el inspector de Justicia de Paz y Faltas. El taller se registró en audio y video.
El análisis de dichos registros, así como también de entrevistas y charlas con PTI, con la coordinadora de Actividades Judiciales de los Tres Pueblos y la secretaria coordinadora del CEJ, nos permitió relevar cuatro ejes: 1) los discursos acerca de la desigualdad y la discriminación; 2) la empatía y la solidaridad entre los miembros de los pueblos originarios; 3) la relación con la justicia y, finalmente, y 4) la traducción y la interpretación en el ámbito jurídico-judicial. En este capítulo nos centraremos en los últimos dos ejes, los dos primeros se desarrollarán más profundamente en un artículo por venir.

De la desigualdad y la discriminación

Tanto en el taller que se realizó en el Centro de Estudios Judiciales como en las entrevistas surgieron una serie de relatos centrados en las experiencias de discriminación que sufrieron o sufren los PTI, sus familiares y conocidos, o miembros de los pueblos moqoit, qom y wichi en general. Estos relatan situaciones de pobreza, trato diferenciado en las instituciones, causas armadas por la policía, la no convocatoria a intérpretes y comentarios racistas por parte de abogados, entre otras. En los discursos, las desigualdades estructurales y las prácticas discriminatorias se asocian con el hecho de ser originario. En una entrevista realizada en abril de 2016, la coordinadora de Actividades Judiciales de los Tres Pueblos Indígenas expresaba su preocupación por los casos en los que las instituciones del Estado parecieran no proteger a las víctimas cuando son miembros de los pueblos originarios. Ahora bien, la discriminación como tema no solo surge en los relatos de los moqoit, qom y wichi, sino también en el discurso del Poder Judicial. En la apertura del taller para PTI de 2016, la doctora Isabel Grillo, entonces ministra del STJ de Chaco, hizo referencia a la discriminación que sufren los pueblos originarios como una situación en la que la Justicia debe intervenir con urgencia.
En cuanto a la labor de los PTI, se menciona la ausencia de intérpretes tanto en casos en que hay involucradas personas que no hablan castellano como cuando los conocimientos de esta lengua son parciales. Son numerosas las historias (del pasado y del presente) acerca de personas enjuiciadas y encarceladas por crímenes que no cometieron, por no poder expresarse en castellano. Una de las intérpretes contó durante el taller que, durante su infancia, uno de sus familiares había estado encarcelado por no haber podido defenderse al no hablar castellano. En el relato de esta intérprete, el hecho se presentaba como una experiencia traumática para toda la familia, al igual que el relato de Juana –recogido por Lucía Romero Massobrio en este volumen– da cuenta de cómo el encarcelamiento de su padre debido a que los testigos que podían probar su inocencia no hablaban castellano resulta en una experiencia traumática que aparece como una causa de la no transmisión de la lengua.

De la empatía y la solidaridad

Como mencionamos en el apartado anterior, los relatos acerca de la discriminación se organizan en torno a la pertenencia étnica, es decir que las experiencias de discriminación se asocian con el hecho de ser miembro de un pueblo originario. Los intérpretes, por su parte, se inscriben dentro de este grupo mediante el uso de pronombres y adjetivos posesivos de la primera persona del plural en sus discursos. Esta adscripción étnica se acompaña de empatía y solidaridad hacia los otros miembros del mismo grupo, es decir, otros moqoit, qom y wichi. La etnia, entonces, permite conformar un grupo identificable, víctima de la discriminación y también receptor de la empatía de sus m...

Índice

  1. Cubierta
  2. Acerca de este libro
  3. Portada
  4. Presentación, Virginia Unamuno, Carolina Gandulfo y Héctor Andreani
  5. Nota metodológica, ¿A qué llamamos investigación en colaboración en este libro?, Carolina Gandulfo y Virginia Unamuno
  6. Haciendo
  7. Mirando(se)
  8. Trabajando
  9. Siendo
  10. Diciendo
  11. Referencias bibliográficas
  12. Las autoras y los autores
  13. Créditos