La Revolución mexicana, 1908-1932
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La Revolución mexicana, 1908-1932

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La Revolución mexicana, 1908-1932

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En el tomo 4 se examinan de las ideas y procesos que nos explican cómo llegaron al Constituyente de 1916-1917 temas como el proyecto agrario y sus nociones de justicia, el lugar de los extranjeros en el nuevo Estado o la cuestión político-constitucional del anhelo de un presidencialismo fuerte.

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Información

Año
2019
ISBN
9786071660671
Categoría
History
Categoría
Mexican History

La “modernización” revolucionaria
del discurso político liberal:
el problema agrario entre 1895 y 1929

LUIS BARRÓN*
El 3 de agosto de 1927, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo definitivo a Valentina Azcué de Bernot, a quien había afectado el presidente Obregón cuando expropió parte de su finca “El Batán” para dar dotación de tierras a los vecinos de San Baltasar Campeche, en el estado de Puebla. De acuerdo con la SCJN, San Baltasar no era un pueblo agrícola que necesitara de la tierra para asegurar su subsistencia, por lo que las tierras no debían darse a quien fuera, sino única y exclusivamente a los núcleos de población que reunieran los requisitos fijados por la ley, y sólo cuando la autoridad se apegara escrupulosamente al procedimiento marcado por ésta.1 En pocas palabras, en ese caso, la Suprema Corte se ajustó a lo que la Constitución mandaba y al ideal liberal que había prevalecido desde el último tercio del siglo XIX de tener un Estado fuerte siempre que el ejercicio de su poder estuviera limitado.
Sin embargo, la reacción del Poder Legislativo ante el fallo fue desmedida. Por un lado, los senadores Basilio Vadillo y Lauro Caloca presentaron una iniciativa para derogar el artículo 10 de la Ley Agraria de 6 de enero de 1915, con el fin de que el Poder Judicial no pudiera intervenir más en el reparto agrario. En la presentación de la iniciativa, la Comisión Agraria del Senado argumentó que los derechos de los pueblos no admitían trabas, y que los constituyentes de 1917, “fieles intérpretes del sentir de las masas populares”, habían redactado el artículo 27 de la Constitución pensando en que las autoridades judiciales quedaran excluidas de toda intervención en los asuntos agrarios, pues en esos casos el presidente de la República debía ser el director y único responsable del cumplimiento de la ley.2 Por otro lado, en la Cámara de Diputados, al discutir el proyecto de ley aprobado por el Senado, se argumentó que los procedimientos judiciales eran un obstáculo para la estabilidad de las instituciones, y que
resultaría positivamente defraudada la conquista agraria [de la Revolución], si por encima de los intereses de la colectividad, estuvieran los muy particulares de la señora Azcué de Bernot, sosteniéndose erróneamente como verdad legal que San Baltasar Campeche no es un pueblo y por lo tanto, no tiene derecho a ejidos.3
En breve, con la iniciativa, los miembros del Congreso pretendían modificar la ley para materializar el cambio del ideal liberal por uno en el que el papel primordial del Estado fuera la transformación de la sociedad, lo que no admitía poner límites al poder del presidente de la República —cuando menos en lo que al reparto agrario se refería—.
El amparo en contra de la dotación de tierras a San Baltasar es importante porque muestra cómo, incluso antes de la formación del Partido Nacional Revolucionario (PNR), el discurso liberal que había sido hegemónico durante la mayor parte del siglo XIX, se había convertido ya en un discurso marginal, de oposición, mientras que el nuevo discurso “revolucionario” —en el que el bienestar social tenía preeminencia sobre la libertad individual, a pesar de que la Constitución de 1917 reconocía y protegía las garantías individuales— se utilizaba para cuestionar —y prácticamente derrumbar— los paradigmas que habían dado contenido al concepto de modernización luego de la promulgación de la Constitución federal de 1857.
Si entendemos la política como “la actividad por la que individuos o grupos en cualquier sociedad articulan, negocian, implementan y dan fuerza a sus demandas para imponerlas sobre otros grupos o sobre la sociedad toda”, entonces podemos entender la cultura política como “el conjunto de discursos o prácticas simbólicas por las que se hacen esas demandas”.4 Utilizando el “problema agrario” como ejemplo y desde una perspectiva cultural, este ensayo explica cómo el proceso revolucionario modificó el discurso político en México,5 y cómo su parte medular cambió luego de la promulgación de la Constitución de 1917, de poner énfasis en la protección de la libertad como objetivo primordial del Estado, a poner énfasis en la consecución de la justicia social como fin casi exclusivo del mismo.
El ensayo se divide en dos partes. En la primera se analiza el discurso político sobre el problema agrario entre 1895 y el Congreso Constituyente de 1916-1917 para demostrar cómo, a pesar de proponer distintas modalidades de política pública, el discurso no cuestionaba el ideal liberal de un Estado fuerte, pero limitado por los derechos individuales. De hecho, para la mayoría de la clase política antes de la Revolución —e incluso antes del Constituyente—, el reparto agrario no buscaba la justicia social, sino aumentar la producción y asegurar la libertad de los individuos. Con esto se busca demostrar que hubo una interpretación común sobre la importancia de la propiedad para la libertad individual; por eso, la demanda principal se centró en evitar la dependencia económica de los campesinos mediante la división de los grandes latifundios, la inversión en obras de irrigación y la creación de instituciones financieras y crediticias para que, a través de la propiedad, se pudiera garantizar la libertad. Hacia el final de la primera parte, se analizan también diferentes documentos posteriores a la Revolución de 1910 para demostrar no sólo que, en su mayoría, repetían en sus propuestas los términos clave del discurso liberal, sino que aun a los más radicales se les pudo haber dado una lectura liberal en su tiempo, y que el discurso político realmente evolucionó hasta que el Congreso Constituyente modificó con las reformas revolucionarias el proyecto liberal de constitución que había propuesto Venustiano Carranza.
En la segunda parte se analiza cómo la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue desarrollando la interpretación del artículo 27 hasta llegar al caso de San Baltasar Campeche. Este análisis permite mostrar cómo, a partir de 1917, se fue consolidando el llamado discurso social de la Revolución, que se convirtió finalmente en la base ideológica del grupo en el poder después de 1929. Una vez que eso sucedió, los revolucionarios que sostuvieron los principios liberales durante la lucha armada —como Luis Cabrera, por ejemplo— se fueron convirtiendo en un grupo marginal, a pesar de haber estado entre quienes concretaron en la Constitución de 1917 los principios ideológicos de la Revolución triunfante.

La hegemonía del discurso liberal antes
del Constituyente de 1916-1917

… hay dinero del César y dinero de Dios, y tan injusto es negarle al César lo que es suyo, como defraudarle a Dios lo que le pertenece. Porque, señor Excmo., si salimos de aquí, ¿a dónde vamos a parar? A la más completa y omnímoda absorción de la propiedad por los gobiernos: sería necesario […] suponer que ellos eran los únicos dueños de todo, y que los ciudadanos y demás miembros de una nación eran simples usufructuarios de la propiedad social.
CLEMENTE MUNGUÍA, 18576
En la historiografía sobre el siglo XIX en México parece haber un consenso bastante claro de que el liberalismo se convirtió en la ideología dominante después de la caída del emperador Maximiliano en 1867. De hecho, Charles Hale, quizá el historiador que mejor entendió el proceso de formación y consolidación del liberalismo en México, lleva el argumento tan lejos como para afirmar que “después de 1867, el liberalismo dejó de ser una ideología en lucha contra unas instituciones, un orden social y unos valores heredados, y se convirtió en un mito unificador”.7 Independientemente de si el liberalismo se convirtió en un mito o no, como idea de gobierno tenía en su centro al “individuo libre, no coartado por ningún gobierno o corporación, e igual a sus semejantes bajo la ley…” y cuyas libertades civiles debían estar protegidas por la creación de instituciones representativas, la separación de poderes, el federalismo y la autonomía municipal. Sólo con esas garantías, plasmadas en una constitución, el individuo estaría protegido contra el despotismo.8 En términos del progreso social y el desarrollo económico, para los políticos liberales sólo mediante individuos educados, libres para actuar en la búsqueda de sus propios intereses, se daría “la identificación espontánea de los intereses comunes con la armonía social”. Por eso, dado que la propiedad privada constituía la base del interés individual y el derecho a ésta no era sino la extensión del individuo a la vida misma, “si pudiera liberarse a la propiedad de las restricciones impuestas por las corporaciones, los monopolios o el gobierno, florecerían la iniciativa individual, la división natural del trabajo y el intercambio libre […] todo lo cual llevaría en última instancia al aumento general de la riqueza”.9
No es, por eso, una sorpresa que, una vez asegurada la paz —que tan elusiva había sido desde el inicio del siglo XIX hasta la consolidación del régimen de Porfirio Díaz—, los políticos que podríamos llamar de la oposición leal a Díaz plantearan las reformas que consideraban necesarias en términos de asegurar la libertad. “Sólo nos falta la libertad política, garantía suprema de todas las demás”, decía Manuel Calero en 1901.10 Desde su punto de vista, bien había valido el sacrificio de la libertad para asegurar el orden y el crecimiento económico;11 sin embargo, “… á los hombres de las generaciones nuevas se nos impone el deber de luchar por la conquista de la libertad”.12 Dos años después, en medio de la efervescencia de la campaña para asegurar la sexta reelección de Porfirio Díaz, Francisco Bulnes, destacado miembro del grupo de los Científicos, lo ponía en términos bastante categóricos:
… el jacobinismo se ha empeñado en plantear la ecuación falsa d...

Índice

  1. Siglas
  2. Introducción. Revolución mexicana y modernización: 1908-1932
  3. Campesinos y obreros en la Revolución mexicana. Entre la tradición y los afanes modernizadores
  4. El proyecto económico de la Revolución mexicana: tierra, trabajo y dinero
  5. La “modernización” revolucionaria del discurso político liberal: el problema agrario entre 1895 y 1929
  6. Constitución, Revolución y reformas. Derechos individuales y derechos sociales
  7. La inmigración: el ocaso de una utopía modernizadora
  8. La Revolución mexicana y la organización política de México: la cuestión del equilibrio de poderes (1908-1932)
  9. Bibliografía