Teoría de la sanción
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Teoría de la sanción

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Teoría de la sanción

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En días siniestros para México, Alfonso Reyes sustentó su tesis para obtener el grado de abogado: "Teoría de la sanción" es más un ensayo filosófico que jurídico, acerca de las relaciones entre la moral y el derecho. El sustentante tuvo, además, que resolver un caso práctico: un embargo abusivo por adeudo. El "Caso práctico", propuesto por Victoriano Pimentel, y la solución del alumno Reyes se recogen al final del texto.

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Información

Año
2018
ISBN
9786071654526
Categoría
Literatura

TEORÍA DE LA SANCIÓN

ornato

I. EL DILEMA DE LA CONDUCTA

1. Cosas que están y cosas que no están bajo nuestro poder. Era, entre los estoicos, una noción familiarísima la de dividir teóricamente los fenómenos en cosas que están y cosas que no están bajo nuestro poder. Así, en la recopilación de los discursos de Epicteto que debemos a Arriano (fl. 130), lo primero de que se trata es de discernir esta doble categoría, como asunto previo y necesario para poder situar al hombre en medio del universo ético, en medio de los caminos de la conducta. Según aquella filosofía —y podemos asegurar que el derecho romano, en cuya era vivimos, está profundamente impregnado de filosofía estoica—, según aquella doctrina, más inclinada a las orientaciones prácticas, a los problemas del valor moral de la vida que no a las lucubraciones abstractas sobre el ser o el conocer, la naturaleza aparece como dividida en dos partes: contiene una de ellas los fenómenos sustancialmente emancipados de la acción humana; aquellos cuyos efectos padece el hombre, pero cuya aparición no puede evitar; la segunda contiene todo lo que puede, originariamente, ser afectado por la intervención humana; ser, por ella, desviado o suspendido y aun definitivamente anulado; aquello que, por estar interpuesto en las líneas lógicas de nuestra actividad, nos puede, de antemano, ser anunciado a través de las vías internas de la previsión. Y concluía el estoico: las cosas que están fuera del poder humano, el hombre tiene que padecerlas sin intentar libertarse de ellas, que sería inútil; las que caen bajo el humano poder, debe reducirlas a la orientación de sus propósitos morales. Ante las primeras no hay problema ético; el problema ético sólo con las segundas aparece.
2. Ilustración: cosas que están dentro y cosas que están fuera del comercio. En el derecho civil clásico, el reflejo de la anterior doctrina se traduce por la diferenciación de las cosas que están dentro del comercio y las que están fuera del comercio. Entiéndese aquí por comercio, en el sentido castizo del término, el trato humano, el campo de acción de nuestra actividad, y no solamente, como al pronto pudiera creerse, el campo de lo que puede ser valuado en dinero y cambiado por dinero.
El delito intentado. En el derecho penal mismo la concepción de los estoicos puede tener su aplicación; y las figuras teóricas del delito imperfecto —entre los cuales nos da nuestra ley la sutilísima distinción del delito intentado— dan ancho campo a la controversia de lo que está y lo que no está bajo el poder actual del delincuente.
3. La idea de lo natural y lo artificial en la filosofía del derecho: digresión. Si interrogamos al sentido común —este último yacimiento de las filosofías, suma de los detritos de todas ellas y forma, a la vez, la más simbólica y vacía de todo criticismo del mundo—, si lo interrogamos sobre la idea estoica de la división de las cosas, notaremos que ella corresponde, aproximadamente, a la noción ordinaria sobre lo natural y lo artificial. Entiéndese generalmente por lo primero lo que, si no sustancialmente emancipado de toda posible intervención humana, se halla, por lo menos, actualmente virgen de ella; entiéndese generalmente por lo segundo lo que ha recibido la marca de la utilización humana y queda, por eso, sujeto a la acción de la voluntad. De donde nace la confusión de concebir todo fenómeno en que el hombre interviene como un caso de artificialidad; de imaginar al hombre como al perpetuo rebelde de la naturaleza, que la va domando y corrigiendo a su arbitrio. ¡Como si no fuera, el hombre mismo, uno de tantos agentes de energía natural!
Y siendo así que el hombre se espía sin cesar en el espejo de la conciencia, acaba por juzgar que sus intentos y realizaciones sobre el mundo nacen del dictado de la conciencia. ¡Como si la imagen del espejo fuera otra cosa que un fantasma virtual! Y como por la conciencia percibe sus errores y por los avisos de ella los rectifica, piensa que la causa animadora, original, de su acción reside en la conciencia. Y, descendiendo a las interpretaciones de su pasado social, cree adivinar un pacto, una deliberación espontánea, un convenio libre en la agrupación primera de los hombres; parécele verlos discutir y acatar a mayoría de votos las formas y modulaciones de habla primitiva, el primer culto y las primeras instituciones jurídicas.
Como frecuentemente, en el curso de este trabajo, se hablará del hombre y de la naturaleza cual si se tratara de dos órdenes irreducibles, quisimos dejar aclarado el concepto para que se entienda, que al hablar así, queremos hablar de los dos órdenes naturales que el hombre percibe: el externo y el humano, la naturaleza exterior y la humana; ambas, en el fondo, igualmente naturales y necesarias.
4. El mundo teórico y el mundo práctico. En todo caso, tales confusiones secundarias no enturbian la idea primitiva de los estoicos. Y de ella resulta que, en cuanto a la voluntad humana se refiere, la naturaleza se divide en dos órdenes: que en uno de ellos sólo podemos conocer, y que en el otro podemos obrar. Corresponde al primero la noción de lo teórico; al segundo, la noción de lo práctico. Schopenhauer llamaría al primero el mundo de la representación, al segundo lo llamaría el mundo de la voluntad. Unos, como Aristóteles, se inclinarán a considerar la razón práctica como una simple aplicación de la razón teórica; otros, como Kant y Fichte, tendrán a ésta por fuente de verdades nuevas y aun la sobrepondrán a la teórica. De lo primero vendrá la tendencia a dar por objetivo a la vida (sin apreciar su valor intrínseco) el descubrimiento de la verdad; de lo segundo, el darle por objetivo la felicidad y el éxito, aun trastornando, como el pragmatismo, la noción de verdad, y esto supone una apreciación optimista de la vida.
5. Dualidad del mundo práctico: el dilema de la conducta. Así, pues, en cuanto la voluntad se asoma al mundo, el mundo se le fracciona en dos: el mundo que le está vedado y el mundo que no le está vedado. Pero, todavía, si penetramos en el mundo práctico —que es el propio de la voluntad—, la bifurcación se sigue operando. En efecto: obrar es, esencialmente, escoger, porque las posibilidades de la conducta son múltiples, y nuestra historia individual, y aun nuestra personalidad misma, son, bajo su aspecto de voluntad, el resultado de una perpetua y renovada elección. Obrar es, siempre, optar entre el sí y el no de un dilema.
6. Problema filosófico de la libertad. Que nuestra elección sea o no libre entre los términos del dilema, o que sea determinada por una relación causal superior a que el hombre está subordinado, es asunto cuya discusión atañe a la filosofía, y a que aquí sólo de pasada nos referiremos. Los estoicos —puesto que de ellos hemos hablado— transforman el universo en un conjunto de causas que determinan, por completo, el destino del hombre; pero admiten que dependa de la decisión personal el reconocer el curso del universo y admitirlo en la íntima convicción, o bien el dejarse arrastrar por él a contra ánimo. Ahora bien: la posibilidad de esta decisión —que es el fondo de la moral estoica— es ya un principio de libertad.
¿Y no hay, en efecto, aun en la concepción más empírica del determinismo, que es la de nuestra época, gran diferencia según que el encadenamiento de las cosas obre sin que tengamos la menor conciencia de él, o según que lo comprendamos y acojamos en nuestra acción?… Lo que está predeterminado no es para el espíritu sino una posibilidad que no se realiza ni toma cuerpo más que por nuestra acción personal. La decisión humana no parece, pues, cosa del todo indiferente.1
Y la sola apreciación del dilema de la conducta es ya un modo de libertad. Podemos, figuradamente, decir que el hombre que se halla indeciso o indiferente ante los términos posibles de su acción está respirando la plena atmósfera de la libertad metafísica. Cierto, grande parte toca a la necesidad en el desarrollo de nuestra vida; pero no está demostrado que toda ella sea necesidad. La demostración de la libertad o del determinismo, dice Ostwald, supondría necesariamente que la ciencia estuviera completa y hubiera agotado sus problemas. En tanto, creemos, como Schelling, que el contraste entre lo libre y lo necesario es la fragua de la voluntad.
El libre albedrío como hipótesis del derecho. Sin embargo, no debe este problema, cualquiera que sea la solución que se adopte, preocupar nuestros ulteriores desarrollos. Bien puede adoptarse la opinión contraria, bien podemos creer que somos ludibrio perpetuo de un determinismo sin cuartel, y que los dioses (como decía Plauto) juegan con los hombres a la pelota. No importa: el derecho no presupone la libertad metafísica; la imputabilidad no la presupone: si fatalidad es el delito, fatalidad es el castigo. Si fatalidad es que la roca sin sostén se derrumbe, es también fatalidad que se parta al golpe contra el suelo. El estoico nos diría que está fuera de nuestro poder evitar que a la infracción sobrevenga una reacción, de cualquiera especie que sea; nos diría que no por ser fatal el delito perjudica menos. Y como prevenirse contra el perjuicio sólo puede racionalmente hacerse prev...

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