La tentación del rey Midas
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La tentación del rey Midas

Para una economía política del conocimiento

  1. 256 páginas
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La tentación del rey Midas

Para una economía política del conocimiento

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La tentación del rey Midas es un libro en contra de la abstracción, pero a favor del pensamiento. intenta contribuir al análisis de la realidad económica, social y política, partiendo del principio de que cualquier tipo de conocimiento sólo puede captar una fracción de la realidad y de que la realidad, previa a los conceptos e inabarcable por ellos, acaba siempre por salir a la luz en el choque de contradicciones y relaciones sociales y de producción.

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Información

Año
2015
ISBN
9788432317798
Edición
1
Categoría
Economía
II. COMUNIDAD, COERCIÓN Y PROPIEDAD
De la coerción sobre la propiedad a la propiedad como coerción
En el año 2006 publicó Stanley Bing, dentro de una biblioteca de libros destinados a la formación empresarial, un libro insólito. Su título merece ser traducido: Roma S. A. Ascenso y caída de la primera empresa mutinacional. No se trata de un libro humorístico, aunque el autor cultiva cierta ironía anglosajona, sino de un libro escrito con toda seriedad para estudiantes de ciencias empresariales. En él se afirma que Roma era una sociedad anónima y se pueden leer cosas tan sorprendentes como que el asesinato de Remo por Rómulo es un buen ejemplo de cómo el liderazgo corporativo no puede ser compartido, señalando que Rómulo poseía una personalidad de ejecutivo, con las características siguientes: inteligencia estratégica, dinamismo, orgullo neurótico, ira incontrolable, bajo control de impulsos, carácter amoral, escaso sentido del humor, pero eso sí, una gran capacidad creativa (Bing, 2006: 10), lo que no está nada mal para un inexistente personaje mítico escasamente descrito en las fuentes clásicas.
Los grandes personajes de la historia romana son comparados con famosos empresarios, en unas nuevas vidas paralelas, en las que Mario, Sila, César o Augusto aparecen en paralelo a Howard Hughes, Bill Gates, Hugh Hefner, Rupert Murdoch, y algunos otros (Bing, 2006: 76 y passim).
Podríamos preguntarnos cómo es posible publicar un libro como este y utilizarlo para formar estudiantes de ciencias empresariales. Por varias razones. La primera porque el conocimiento de la historia clásica cada vez es menor a lo largo del mundo, pues Bing malinterpreta, por ejemplo, la obra de M. Rostovtzeff (1962). Pero sobre todo por dos razones: porque se considera que todas las organizaciones humanas o sociales tienen que ser empresas o casi empresas, y porque esas empresas ya no tienen propietario, como no lo tenía el Imperio romano, aunque sus emperadores fuesen dueños personales de provincias como Egipto.
Bing nos ofrece una visión de la economía y la empresa concorde con el pensamiento neoliberal, y en ella ha desaparecido el concepto clave de toda la economía a lo largo de la historia: la propiedad, reivindicada como un derecho tan importante como la vida desde el siglo xvii, como habíamos visto en el capítulo anterior. Pero ahora ocultada, precisamente en el momento de la historia humana en el que más poder político y económico tienen las empresas y los bancos.
Otros autores, sobre todo anglosajones (Munzer, 1990), tratan actualmente de un modo sistemático el derecho de propiedad en los campos de la filosofía y el derecho. Sin embargo en sus casos ese derecho se considera como un hecho de carácter indiscutible y se analiza sin hacer referencia alguna a su evolución histórica, y sobre a su funcionamiento concreto en el mundo real. Por esa razón, aunque a veces apelen al estudio de pensadores anteriores, los analizan de un modo descontextualizado y como si entablasen una conversación académica en su college con sus antepasados. Por el contrario consideramos necesario apelar en este caso a la historia, no como un mero depósito de datos o recetas, sino como un instrumento indispensable para el estudio del pensamiento y para lograr la comprensión de lo que significa el derecho de propiedad, en el pasado y en el presente.
En el siglo xix, grandes visiones de la historia humana se construyeron casi como apología y justificación del derecho de propiedad, al que se consideraba sinónimo de vida civilizada. H. S. Maine (1880; 1931) publicó su libro Ancient Law en 1861 para demostrar que la humanidad ha llegado a la civilización al ir pasando por etapas desde el estatus al contrato, desde los vínculos sociales estrechos, opresivos y obligatorios a los lazos sociales y los contratos económicos libres en los que los hombres intercambiaban libremente sus bienes. La propiedad comunal en los países célticos, por ejemplo, sería solo una supervivencia de una primitiva etapa, que tendría que desaparecer con el progreso de la historia.
La propiedad de que hablaba Maine es la propiedad definida por el derecho civil romano, la propiedad plena. En ella el propietario, sea una persona física o jurídica, puede comprar, vender, transformar o destruir sus bienes y legarlos mediante testamento, un instrumento clave en la historia de la civilización, ya que es mediante él como se puede mantener en el tiempo el patrimonio familiar. Y sería esa propiedad plena, libre de toda clase de trabas, la que acabaría por florecer en toda su plenitud con el capitalismo y la Revolución industrial.
Maine creía en la bondad del capitalismo y la propiedad de toda clase de bienes, y no lo ocultaba. Su teoría era coherente, aunque fuese una justificación del propio capitalismo. Era una justificación ideológica, pero sincera. No trataba de enmascarar nada bajo un manto de abstracciones, como hace Bing, y tal como ocurre en la actualidad con esa propiedad casi desaparecida, a la que solo se le llama «seguridad jurídica de las empresas».
Lo mismo que hizo Maine en Inglaterra lo hizo Numa Denis Fustel de Coulanges (1864) en la Francia de 1864, quien justificó la propiedad privada de la tierra en su origen religioso y sacro en la ciudad griega y romana. Puesto que, en efecto, la primera tierra marcada como propiedad sería la de los cementerios comunes del génos griego o la gens latina, François Hartog (1988) ha puesto claramente de manifiesto que el propósito de Fustel de Coulanges en su estudio comparando las religiones griega y romana fue claramente el de justificar la nueva propiedad burguesa. Y de hecho ese historiador sería luego utilizado en el siglo xix francés como un modelo de historiador de la nación francesa en el discurso político más conservador.
A finales del siglo xix Friedrich Engels (1977), siguiendo las teorías de Lewis Henry Morgan (1971) destacó también la estrecha vinculación entre el desarrollo de las sociedades y el desarrollo de la propiedad privada, que culminaría en el capitalismo. Pero Engels añadió un matiz fundamental. Y es que sin familia y Estado no puede existir la propiedad privada, puesto que la familia es su instrumento de conservación y transmisión, como sabe cualquier conocedor superficial del derecho romano o los derechos civiles contemporáneos. Y por otra parte es el Estado, gracias a su uso legítimo de la coerción judicial, policial o militar, el garante esencial de la propiedad.
No puede existir la propiedad si no existe la capacidad de coerción, si no se puede defender con violencia, cosa que las teorías del contrato civil dejan discretamente de lado. No habría propiedad si en la tierra viviese una única persona. Robinson Crusoe no es legalmente el propietario de su isla, aunque se lo imagine así. Podríamos decir que para que exista la propiedad debe haber dos personas jurídicas o físicas: A y B. Cuando A dice a es mío, para que así lo reconozca B, a la vez le está diciendo a no es de B, ya que la propiedad es exclusiva, ya sea de una persona física, jurídica, o compartida por varios grupos, pero siempre con la exclusión de los demás.
Si B no reconoce que a es de A, ¿qué ocurre? Puede robárselo por la fuerza, reivindicando así a su vez el derecho de propiedad, solidario e inseparable de la idea de robo, ya que el ladrón quiere la propiedad de otro, pero no está dispuesto a cedérsela a otro ladrón a cambio de nada. El ladrón utiliza la fuerza si la fuerza del propietario, por sí misma, o respaldado por el poder político, no es mayor. Por ello puede afirmarse con toda claridad que propiedad y robo son solidarios y que ambos se basan en el uso de la fuerza de coerción como su fundamento último.
El derecho al uso de la fuerza para defender la propiedad fue reconocido sin ambages a lo largo de la historia, pues propiedad, reino o nación y clase social estaban indisolublemente asociados. Solo ahora cuando los poderes financieros y empresariales son la fuerza básica de control de la economía mundial y pueden subordinar a sus intereses a los poderes civiles y militares es cuando ese derecho se oculta tras el amplio velo de las abstracciones económicas, políticas o científicas.
Intentaremos poner de manifiesto a continuación tres hechos fundamentales. En primer lugar que pueden existir economías sin mercado ni propiedad plena. En segundo lugar que no todas las formas de organización de la economía y el trabajo humano han sido siempre las empresas. Y por último que la propiedad y la vida económica no pueden funcionar sin una violencia que las ampare. Y lo haremos siguiendo un esquema cronológico desde la Antigüedad al nacimiento del capitalismo.
I
A lo largo del siglo xix diferentes autores, como L. H. Morgan, llevaron a cabo estudios comparativos entre las sociedades primitivas, en el caso de Morgan (1971) los indios iroqueses y las ciudades griega y romana. Y es en esos estudios donde se puede comenzar a apreciar la vinculación existente entre propiedad, comunidad, poder y violencia.
Creía Morgan que la humanidad habría evolucionado desde la societas a la civitas. La societas sería una organización social basada en gentes, clanes y tribus. En ella el gobierno se basaría en las personas y estaría construido a partir de relaciones plenamente personales, pero el gobernante se relacionaría con el individuo a través de instituciones intermedias, dotadas de una gran solidaridad: gens, clan o tribu. En la societas no existiría el Estado ni la propiedad individual y el individuo dependería para su seguridad de los grupos sociales que lo defenderían con su fuerza.
En el Estado, o civitas, la organización política se basaría en el territorio y la propiedad. El gobierno es la garantía de la propiedad gracias a su control del territorio en toda su extensión, y a su vez protege físicamente a cada individuo y a los grupos sociales con sus sistemas legales y coercitivos.
En la historia humana, a la par que se pasa de la tribu al Estado y se incrementa el tamaño de los grupos sociales, se iría evolucionando desde las familias grupales con matrimonios colectivos, hasta la familia monógama con cohabitación exclusiva y derechos de propiedad, pasando por el eslabón intermedio de las familias polígamas. Si seguimos en el libro de Morgan los diferentes grupos y sus funciones, desde la gens al Estado, veremos que todos poseen unos caracteres en común, en lo que se refiere al gobierno, la propiedad y la defensa.
La gens o el génos, sería «un cuerpo de consanguinidad, que desciende de un antepasado común, se distinguen por un nombre gentilicio y están ligadas por afinidad de sangre» (Morgan, 1971: 127). Y en los casos iroqués, griego y romano tendrían las siguientes características:
1- derecho de elegir sus jefes;
2- derecho de deponerlos;
3- exogamia o prohibición del matrimonio en su seno;
4- derechos mutuos de herencia sobre sus miembros fallecidos;
5- obligaciones recíprocas de ayuda y defensa y desagravio de ofensas;
6- derecho de adjudicar nombres a sus miembros;
7- derecho de adopción de extraños en la gens;
8- ritos religiosos comunes;
9- cementerio común;
10- un órgano de gobierno (asamblea u otros).
En un nivel superior a ella tendríamos la fratría, que «es una hermandad, como implica su nombre y un engendro natural de la organización en gentes. Es una unión orgánica o asociación de dos o más gentes para determinados propósitos comunes» (Morgan, 1971: 148). Sus funciones serían sociales y religiosas, tendrían órganos de gobierno propios y, en casos de asesinato o robo, podrían auxiliar a la gens en ...

Índice

  1. Portada
  2. Portadilla
  3. Legal
  4. Prólogo
  5. Introducción. El camino hacia la abstracción
  6. I. Para una economía política del conocimiento. La Falacia del I + D académico
  7. II. Comunidad, coerción y propiedad
  8. III. Papernomics
  9. IV. La economía política y los conceptos políticos
  10. V. La ciencia y la pseudohistorización del universo
  11. VI. ¿Para qué sirve la filosofía?
  12. VII. Rectores, profesores y promotores. El deshaucio de la universidad pública
  13. VIII. ¿Qué compro y qué me vende, señor ministro? Tasas, mentiras y deshaucio de la universidad pública
  14. IX. La nueva servidumbre: microeconomía de las publicaciones científicas
  15. Bibliografía