Escritos de la revolución de 1789
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Escritos de la revolución de 1789

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Escritos de la revolución de 1789

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En 1788, la convocatoria de los Estados Generales de Francia, tras un intervalo de más de un siglo y medio, permitió a Emmanuel Sieyès publicar Ideas sobre los medios de actuación de que podrán disponer los representantes de Francia en 1789, donde sienta las bases de su pensamiento político. Escribe Ensayo sobre los privilegios y el mismo año publica su celebrado panfleto: ¿Qué es el Tercer Estado? Comenzaba con la respuesta a la pregunta: "Todo. ¿Qué ha sido hasta ahora en el orden político? Nada. ¿Qué es lo que desea? Ser algo". El panfleto tuvo mucho éxito, y su autor fue admitido en los clubes y las sociedades más selectas de París. A pesar de ser sacerdote, optó por no sentarse con el clero en los Estados Generales y fue elegido como el último de los representantes del Tercer Estado por París.La presente edición ofrece una antología de los tres principales escritos de Emmanuel Sièyes sobre la Revolución francesa de 1789, ya mencionados, y de otros más, realizada por el catedrático Ramón Máiz, traductor y especialista de uno de los principales teóricos al mismo tiempo que actor de la Revolución francesa.

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Información

Año
2020
ISBN
9788446048800
Categoría
History
Categoría
World History
III
¿Qué es el Tercer Estado?
En tanto el filósofo no traspase los límites de la verdad, no le acuséis
de ir demasiado lejos. Su función no es sino la de fijar un objetivo
y es preciso que lo consiga. Si, permaneciendo a medio camino, osara
alzar su enseña, esta podría resultar engañosa. Por el contrario,
el deber del administrador es combinar y graduar su camino en
consonancia con la naturaleza de las dificultades... Si el filósofo
no se halla en el objetivo, desconocerá dónde se encuentra.
A su vez, si el administrador no alcanza a divisar el objetivo,
ignorará a dónde se dirige.
E. J. Sieyès
El plan de este escrito es ciertamente sencillo. Debemos responder a tres preguntas:
1. ¿Qué es el Tercer Estado? TODO.
2. ¿Qué ha sido hasta el presente en el orden político? NADA.
3. ¿Cuáles son sus exigencias? LLEGAR A SER ALGO.
Veamos si las respuestas son acertadas. Sería de todo punto erróneo que se tachara de exageración las tesis que aún no han sido debidamente probadas. Examinaremos a continuación los medios que se han empleado y aquellos otros que será preciso adoptar, a fin de que el Tercer Estado llegue efectivamente a ser algo. En este sentido abordaremos:
1. Lo que los ministros han intentado y lo que los propios privilegiados proponen en su favor.
2. Lo que hubiera debido hacerse.
3. Lo que resta por hacer al Tercer Estado para ocupar el puesto que le corresponde.
Capítulo primero
El Tercer Estado es una Nación completa
¿Qué se necesita para que una Nación subsista y prospere? Trabajos particulares y funciones públicas. Todos los trabajos particulares pueden clasificarse en cuatro clases:
1. En cuanto la tierra y el agua proveen la materia prima de las necesidades humanas, la primera clase en el orden de las ideas, será la de todas las familias vinculadas a los trabajos del campo.
2. Desde la primera venta de las materias primas hasta su consumo o uso, una nueva mano de obra, más o menos numerosa, añade a aquellas un valor adicional más o menos complejo. La industria humana alcanza de este modo a perfeccionar los beneficios de la naturaleza, y el producto bruto dobla, decuplica y aún centuplica su valor inicial. Tal es la segunda clase de trabajos.
3. Entre la producción y el consumo, así como entre los diferentes grados de producción, se establece una multitud de agentes intermedios, útiles tanto a los productores cuanto a los consumidores; a saber: los comerciantes y los negociantes. Los negociantes, comparando sin cesar las necesidades de los diferentes lugares y momentos, especulan sobre el beneficio del almacenamiento y el transporte. Los comerciantes, quienes se encargan, a su vez, de la venta, ora al por mayor, ora al por menor. Tal género de utilidad caracteriza la tercera clase de trabajos.
4. Además de estas tres clases de ciudadanos laboriosos y útiles, que se ocupan del objeto propio al consumo y al uso, se precisan aún en la sociedad una multitud de trabajos particulares y cuidados directamente útiles o necesarios a la persona. Esta cuarta clase de trabajos abarca desde las profesiones científicas y liberales más distinguidas, hasta los servicios domésticos más modestos.
Tales son, pues, los trabajos que sostienen la sociedad. ¿Sobre quién recaen? Sobre el Tercer Estado.
Las funciones públicas pueden igualmente, en el estado actual, ordenarse sobre las cuatro conocidas denominaciones: Espada, Toga, Iglesia y Administración. Resultaría superfluo analizarlas en detalle para demostrar que el Tercer Estado integra los diecinueve vigésimos de todas ellas, con la salvedad de que se halla encargado de las más penosas y en general de todas aquellas que el orden privilegiado rehúsa desempeñar. Sólo los puestos lucrativos y honoríficos se hallan ocupados por los miembros del orden privilegiado. ¿Puede considerarse ello un mérito? Sería preciso para ello, o bien que el Tercer Estado rehusara ocupar tales puestos, o que resultara incapaz de ejercer tales funciones.
Bien conocida resulta, sin embargo, la realidad. Así, se han osado establecer prohibiciones al tercer orden y se le ha dicho: «Cualesquiera que fueren tus méritos y tus talentos, solamente podrás alcanzar determinado nivel, sin traspasarlo jamás. No es bueno que se te honre». Raras excepciones a lo antedicho, percibidas como tales, no resultan más que irrisorias, y el lenguaje empleado en tales ocasiones, deviene adicional insulto.
Si bien una tal exclusión no constituye sino un crimen social y una auténtica vejación para el Tercer Estado, ¿podría al menos resultar de utilidad para la cosa pública? ¿No se conocen acaso los perniciosos efectos del monopolio? En efecto, si por una parte desalienta a aquellos a quienes excluye, no es menos cierto que vuelve inútiles a quienes favorece. Además, es cosa sabida que toda obra realizada en ajenidad a la libre concurrencia, resulta a fin de cuentas más cara y deficiente.
¿Se ha reparado, además, en el hecho de que, al afectar una función cualquiera a un determinado orden de ciudadanos, debe retribuirse no solamente al que trabaja, sino también a todos los miembros de la casta que no están empleados, así como a sus respectivas familias? ¿Se ha prestado atención al hecho de que cuando el Gobierno deviene patrimonio de una clase particular, se incrementan los cargos fuera de toda mesura, creándose las plazas no en atención a las necesidades de los gobernados, sino a las de los gobernantes? ¿Se ha observado que este estado de cosas, injustamente, y aun me aventuro a decir, estúpidamente respetado entre nosotros, nos resulta, cuando leemos la historia del antiguo Egipto y los relatos de viajes a las Indias, despreciable, monstruoso y destructivo de toda industria, enemigo del progreso social, envilecedor del género humano en su conjunto y particularmente intolerable para los europeos?[1]. Pero abandonemos consideraciones que si bien ampliarían y aclararían la cuestión, entorpecerían, sin embargo, el discurrir lógico de nuestro argumento[2].
Bástenos, por el momento, haber ayudado a percibir que la pretendida utilidad de un orden privilegiado para el servicio público no constituye sino una quimera; que sin el concurso de aquel todo lo que hay de penoso en tal servicio es realizado por el Tercer Estado; que sin su presencia las plazas superiores serían infinitamente mejor desempeñadas; que estas últimas deberían ser, naturalmente, la recompensa de los talentos y méritos reconocidos; y que, en fin, el hecho de que los privilegiados hayan usurpado todos los puestos honoríficos y lucrativos, constituye tanto una odiosa iniquidad para la generalidad de los ciudadanos, cuanto una traición para la cosa pública.
¿Quién osaría, pues, negar que el Tercer Estado no posee en sí mismo todo lo necesario para formar una Nación completa? Es como un hombre fuerte y robusto que tiene, sin embargo, un brazo encadenado. Si se suprimiera el orden privilegiado, la Nación en nada menguaría, sino que se acrecentaría. Así pues, ¿qué es el Tercer Estado? Todo. Pero un todo aherrojado y oprimido. ¿Qué sería sin el orden privilegiado? Todo. Pero un todo libre y floreciente. Nada puede funcionar sin él; por el contrario, todo iría infinitamente mejor, sin la existencia de los privilegios.
Mas no es suficiente con haber mostrado que los privilegiados, lejos de resultar útiles a la Nación, no concurren sino a su debilitamiento y perjuicio; resulta preciso probar aún que el orden nobiliario[3] no participa en la organización social; que constituye una carga para la Nación; es más, que de ningún modo forma parte de ella. Ante todo, no es posible ubicar a la casta[4] de la nobleza en ninguno de los componentes fundamentales de una Nación. Sabido es que existe un gran, excesivo número de individuos cuyas enfermedades, incapacidad, incurable pereza o el torrente de las malas costumbres, vuelven ajenos a los trabajos de la sociedad. La excepción y el abuso confirman por doquier la regla, y ello muy especialmente, en un vasto imperio. Pero hemos de convenir que, cuantos menos abusos existan, el Estado se hallará mejor organizado. De hecho, el Estado peor organizado de todos sería aquel donde, no ya individuos particulares aislados, sino una clase entera de ciudadanos cifrara su gloria en permanecer inmóvil en el seno del movimiento general y consumiera la mejor parte del producto, sin haber concurrido en absoluto a su producción. Una tal clase deviene ciertamente ajena a la Nación en razón de su vagancia congénita.
Por añadidura, el orden nobiliario no resulta menos extraño en el seno de la Nación por mor de sus prerrogativas civiles y políticas. En efecto, ¿qué es una Nación? Un cuerpo de asociados viviendo bajo una ley común y representados por la misma legislatura.
¿No es cierto, sin embargo, que el orden de la nobleza posee privilegios y dispensas, que osa considerar como sus derechos inalienables, separados de los derechos del gran cuerpo de los ciudadanos? Se sustrae por ello al orden y ley comunes. Sus derechos civiles hacen de ella un pueblo aparte en el seno de la gran Nación. Se trata verdaderamente de un imperium in imperio.
Por lo que a sus derechos políticos respecta, estos son ejercidos asimismo separadamente por el orden nobiliario. Posee sus representantes particulares que en modo alguno se ocupan de la procuración del pueblo. El cuerpo de sus diputados se reúne aparte; y aun cuando se reúnan en una misma sala con los representantes de los ciudadanos, su representación no cesa en ningún momento de ser distinta y separada. Esta última resulta, pues, ajena a la Nación, ante todo por su principio, puesto que su misión no procede del pueblo; y asimismo en atención a su objeto, toda vez que este consiste en la defensa, no del interés general, sino del interés particular.
Por el contrario, el Tercer Estado abarca todo lo que pertenece a la Nación; y todo lo que no es el Tercer Estado no puede considerarse, en modo alguno, como parte integrante de la Nación. En definitiva, ¿qué es el Tercer Estado?: TODO[5].
Capítulo segundo
¿Qué ha sido hasta hoy el Tercer Estado? Nada
No examinaremos aquí el estado de servidumbre que el pueblo ha padecido durante tanto tiempo, así como tampoco el de opresión y humillación en el que todavía es retenido. Su condición civil ha cambiado y es preciso que cambie aún más: resulta del todo imposible que la entera Nación o incluso un orden particular devenga libre, si no lo es el Tercer Estado. No se es libre gracias a los privilegios, sino en virtud de los derechos del ciudadano que a todos pertenecen por igual. Si los aristócratas pretendieran, al propio precio de esa libertad de la que se muestran indignos, mantener al pueblo en la opresión, este se atreverá a preguntar: ¿con qué derecho? Si se le respondiera que en virtud de conquista, sería remontarse demasiado lejos en el tiempo, forzoso es convenir en ello. Sin embargo el Tercer Estado no debe temer en absoluto remontarse hacia los tiempos pasados. Así, se remitirá al año precedente a la conquista y habida cuenta de que es hoy lo suficientemente fuerte como para no dejarse conquistar, su resistencia será, sin duda, más eficaz. ¿Por qué no restituir a los bosques de la Franconia a todas esas familias que conservan la desquiciada pretensión de ser descendientes de la raza de los conquistadores y haber heredado sus derechos de aquella supuesta conquista?
La Nación, una vez depurada de aquellos, podrá consolarse, pienso, de saberse reducida a un conjunto de descendientes de galos y romanos. En verdad, si se quiere hacer distingos de origen, ¿no podríamos asegurar a nuestros pobres conciudadanos que el que se remonta a galos y romanos, posee por lo menos tanta alcurnia como el de los sicambros, bárbaros («welches») y otros salvajes salidos de los bosques y los pantanos de la antigua Germania? «En efecto –se nos dirá–, pero la conquista ha alterado todas las relaciones, y la nobleza de nacimiento pertenece por derecho a los conquistadores.» Pues bien: hora es de restituirla a quienes en su día la perdieron; el Tercer Estado devendrá noble, volviéndose a su vez conquistador.
Ahora bien, toda vez que las razas se han mezclado y la sangre de los francos, que no sería en modo alguno superior aún en el caso de que conservara toda su pureza, circula en la actualidad confundida con la de los galos, y dado que los antepasados del Tercer Estado son los padres de la entera Nación, ¿sería demasiado aspirar, quizás, a ver un día el final de este largo parricidio que una clase se honra en cometer cotidianamente contra todas las demás? ¿Por qué la razón y la justicia, tan fuertes un día como la vanidad, no han de mover a los privilegiados a solicitar ellos mismos, en virtud de un nuevo interés, más social y verdadero, su rehabilitación en el seno del Tercer Estado?
Pero prosigamos nuestra argumentación. Debe entenderse por Tercer Estado al conjunto de ciudadanos que pertenecen al orden común. Todo lo que sea privilegiando por la ley, de la manera que fuere, se sustrae al orden común, excepciona la ley común y, consecuentemente, no pertenece al Tercer Estado. Como ya hemos señalado: una ley y una representación comunes son lo que constituyen una Nación.
Resulta absolutamente cierto, sin embargo, que en la actualidad no se es nada en Francia, cuando sólo se dispone de la protección de la ley común. Si no se disfruta de algún privilegio, es preciso acostumbrarse al desprecio, las injurias y vejaciones de todo tipo. ¿Qué recurso queda a los desdichados carentes de privilegio para evitar ser aplastados por completo? Vincularse mediante toda suerte de bajezas a un noble, esto es, adquirir, al precio de la propia dignidad, la facultad de poder recurrir a alguien, cuando la ocasión lo requiera.
Ahora bien, será en sus relaciones con la Constitución, más que con el estado civil, como hemos de considerar aquí el orden del Tercer Estado. Veámoslo en el seno de los Estados Generales.
¿Quiénes han sido sus pretendidos representantes? Un grupo...

Índice

  1. Cubierta
  2. Portadilla
  3. Contraportada
  4. Legal
  5. Dedicatoria
  6. Estudio preliminar: Emmanuel Sieyès en la Revolución francesa, por Ramón Máiz
  7. Escritos de la revolución de 1789
  8. I. Ensayo sobre los privilegios
  9. Extracto del proceso verbal de la nobleza en los estados Generales de 1615, 25 de noviembre
  10. II. Ideas sobre los medios de adecuación de que podrán disponer los representantes de Francia en 1789
  11. III. ¿Qué es el Tercer Estado?
  12. IV. Discursos en la constitución de la Asamblea Nacional
  13. V. Proemio a la Constitución. Reconocimiento y exposición razonada de los derechos del hombre y del ciudadano (1789)
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