El ruido
Pedro Cobo Parra y María Cuesta Ruiz
Colección ¿Qué sabemos de?
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© Pedro Cobo Parra y María Cuesta Ruiz, 2018
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© Los Libros de la Catarata, 2018
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isbn (csic): 978-84-00-10349-1
isbn electrónico (csic): 978-84-00-10350-7
isbn (catarata): 978-84-9097-506-0
isbn electrónico (catarata): 978-84-9097-507-7
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Introducción
La Ley del Ruido 37/2003 define la contaminación acústica “como la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, incluso cuando su efecto sea perturbar los sonidos de origen natural, o que causen efectos significativos en el medioambiente”.
La contaminación acústica incluye, por tanto, ruidos y vibraciones. El porcentaje de población expuesta a ruidos es muy superior al que padece vibraciones, por lo que en esta obra nos ocuparemos exclusivamente del ruido.
Durante los últimos años ha habido una preocupación creciente por la calidad del medioambiente. El ruido ha sido reconocido como un contaminante serio, junto con los de contaminación del aire y del agua. Los motores de los coches, trenes, aviones y en general de los sistemas de transporte producen ruido. Las plantas de generación eléctrica, los transformadores de potencia o los sistemas de calefacción y aire acondicionado de los edificios originan ruido. La maquinaria de movimiento de tierras en las obras públicas, las hormigoneras, las máquinas de corte y de elevación también causan ruido. Paradójicamente, la actividad industrial que emplea a una gran parte de la población activa produce, como un subproducto, contaminación acústica.
El ruido afecta a un alto porcentaje de población. En un primer estudio de la Agencia de Protección Medioambiental (EPA) de Estados Unidos del año 1978 se estableció que un 87% de su población estaba sometida a niveles de ruido ambiental por encima de 48 dBA (Environmental Protection Agency, 1978) —en el capítulo 1 se explicará detalladamente la metodología de evaluación del ruido, incluyendo la definición del dBA—. En la Unión Europea, el Libro Verde sobre futura política en materia de ruido del año 1996 concluyó que alrededor del 20% de su población (cerca de 80 millones de personas) sufría niveles de ruido inaceptables (superiores a 65 dBA), donde la mayor parte de la gente se siente muy molesta, mientras que un 42,5% adicional (170 millones de personas) vivía en zonas grises, donde los niveles de ruido (entre 55 y 65 dBA) pueden causar molestia seria durante el día (Commission of the European Communities, 1996). En dicho Libro Verde se estimaba el coste del ruido ambiental entre el 0,2 y el 2% del PIB.
En un estudio del año 2000 en Alemania, casi el 80% de la población manifestaba que estaba afectada por alguna clase de contaminación acústica. Más de un tercio (el 37%) se sentía seriamente molesto por el ruido. Casi uno de cada cinco (el 18%) decía sentirse altamente molesto. De acuerdo al modelo dosis-efecto usado por Affenzeller y Rust (2005) (capítulo 2), estos porcentajes correspondían a niveles día-noche superiores a 58 dBA para el caso de las personas seriamente molestas, y superiores a 67 dBA para el caso de las altamente molestas.
En el caso de Madrid, el departamento de control acústico del Ayuntamiento analiz...