El condado de Dénia en tiempos de Alfonso el Viejo
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El condado de Dénia en tiempos de Alfonso el Viejo

Rentas y poder señorial

  1. 174 páginas
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El condado de Dénia en tiempos de Alfonso el Viejo

Rentas y poder señorial

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El señorío, como base material de la hegemonía social de la aristocracia, ha constituido uno de los temas de estudio centrales del medievalismo europeo. En el caso valenciano, dejando aparte las posesiones de las órdenes militares, los grandes estados señoriales apenas habían recibido la atención de los historiadores, en buena parte por la inexistencia o la dificultad de acceso a las fuentes. En este sentido, la contabilidad de los receptores del condado de Dénia conservada en el Archivo del Reino de Valencia ha permitido el análisis minucioso de la tipología y evolución de los ingresos que Alfonso de Aragón recibió de sus dominios a finales del siglo XIV. Este libro reconstruye, de esta manera, la organización fiscal y la estructura tributaria de las posesiones valencianas de uno de los grandes señores feudales peninsulares de la baja Edad Media.

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Información

Edición
1
Categoría
History

Capítulo 1

LA CONFIGURACIÓN DEL DOMINIO SEÑORIAL

1. LA CONSTRUCCIÓN TERRITORIAL

Durante el periodo aquí considerado, el último cuarto del siglo XIV, el condado de Dénia comprendía todas las posesiones de Alfonso de Aragón en el reino de Valencia (a excepción de la baronía de Arenós y los valles de Ayora y Cortes), y se encontraba dividido en cuatro demarcaciones territoriales claramente diferenciadas: a) el distrito de Gandia, que incluía la propia vila e terme de Gandia, el terme del castell de Palma y los valles de Gallinera y Ebo;1 b) la circunscripción de Dénia, con la actual capital de la Marina Alta y Xàbia como principales núcleos de población; c) la unidad administrativa conocida como Montanyes d’en Sarrià, un grupo de territorios donde destacaban Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Benidorm, Relleu, Finestrat, Castell de Castells, Confrides y Guadalest, con Callosa como centro;2 d) el terme del castell de Calp e loch d’Altea, con Calp, Teulada y Benissa como lugares más importantes.3
En el camino recorrido por esas posesiones hasta llegar a manos de Alfonso de Aragón, un proceso minuciosamente explicado por Campón en la mayoría de sus trabajos y posteriormente recogido y completado por Castillo,4 hay sin duda un personaje clave: su padre y fundador del linaje, Pedro de Ribagorza. Centrándonos en la unidad gandiense, sabemos que Jaime II donó al infante Pedro, con motivo de su mayoría de edad, el condado de Ribagorza el 20 de mayo de 1322, y el 22 de mayo de ese mismo año añadió el castillo de Gallinera con el valle de Ebo, junto a los castillos de Crevillent, Pego, Pop y los valles de Laguar y Xaló; pero considerando el monarca que las rentas de estos lugares eran insuficientes para cubrir las necesidades de todo un miembro de la familia real, también le hizo donación del castillo de Bairén y de la vila y término de Gandia en junio de 1323. Por su parte, Pedro el Ceremonioso entregó a Pedro de Ribagorza, en febrero de 1341, el castillo de Palma con todas las tierras y lugares que conformaban su término: el infante había acordado, en enero de ese año, una permuta con su hermano, Ramón Berenguer, de los condados de Prades y Empúries, quedando Pedro como titular del primero y Ramón del segundo; ante esto, y deseando que la permuta fuese justa para ambos, el monarca intervino compensando al supuesto perjudicado con unos territorios sobre los que, además, le concedió la plena jurisdicción en 1346.
Posiblemente, uno de los motivos que llevó a Jaime II a realizar esas numerosas donaciones, tan alejadas de Ribagorza, el 22 de mayo de 1322, fue la intención de Bernat de Sarrià de ceder sus dominios valencianos al infante: el 21 de julio de 1321, el almirante firmaba una venta mortis causa de todos sus señoríos en la Marina, un buen número de castillos y lugares entre los que se encontraban Callosa, Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Albalat, Benidorm, Relleu, Finestrat, Castell de Castells, Confrides, Algar, Xirles, Macet y Senta Illa. Dicha venta, aceptada por el monarca en octubre de 1323, se hizo efectiva trece años después, tras la muerte de Sarrià sin descendencia el 31 de diciembre de 1335 en Xàtiva. Por otro lado, el 6 de noviembre de 1323, sólo cinco meses después de que el infante recibiese Gandia, se producía un intercambio entre Jaime II y su hijo: Pedro devolvió al monarca el castillo de Crevillent a cambio del castillo de Dénia (una de las villas y puertos más importantes del sur valenciano) y del lugar de Xàbia.
MAPA 1
El condado de Dénia a finales del siglo XIV
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Alfonso de Aragón se convirtió en heredero de todos esos territorios y del resto de posesiones valencianas de su padre tras contraer matrimonio con Violant de Arenós el 8 de mayo de 1355, tal y como se había estipulado en las capitulaciones matrimoniales firmadas el 1 de abril de 1348 en Vilafermosa, aunque Pedro de Ribagorza mantenía el usufructo vitalicio. El día de navidad de 1355, en la corte papal de Aviñón, Pedro el Ceremonioso otorgaba a su primo Alfonso el título de conde de Dénia, creado a tal efecto (siempre respetando los derechos usufructuarios del infante), y el oficio de la mayordomía en el reino de Valencia. El monarca incluyó en los límites del condado tot lo terme del castell de Dénia, así como tots los castells e lochs de les Montanyes que foren del noble en Bernat de Sarrià, y el castell de Calp ab son terme e loch de Altea ab son terme;5 sin embargo, estos últimos territorios, los señoríos que habían pertenecido a otro de los grandes almirantes de la época, Roger de Llúria, formaban parte en aquel momento del patrimonio real.
Nos encontramos ante toda una declaración de intenciones por parte de Pedro el Ceremonioso, que pretendía poner en manos de su primo Alfonso los enclaves costeros de Calpe y Altea, así como el castillo de Guadalest,6 a fin de garantizar la continuidad territorial de sus señoríos. La voluntad de Pedro el Ceremonioso pronto se vio cumplida: el 19 de febrero de 1356, apenas dos meses después de erigir el condado y tras recabar la aprobación del Consell de Valencia, vendió todos esos territorios a un infante Pedro que estaba en los últimos momentos de su vida pública, y al mismo tiempo concedió a Alfonso la plena jurisdicción sobre ellos. Sin embargo, cabe considerar con mayor detalle el proceso de integración de Calp y Altea en el patrimonio real, por cuanto afectó a las rentas que, más adelante, Alfonso de Aragón percibiría de esos señoríos.
A finales de 1324, cuando murió Berenguer de Llúria y Entença, último de los dos hijos varones de Roger de Llúria, los señoríos pasaron a manos de su madre Saurina de Entença, segunda esposa del almirante. Saurina, que sólo sobrevivió unos meses a su hijo, redactó su último testamento el 25 de agosto de 1325; en él nombró herederos universales y en fideicomiso a su hija Margarita, condesa de Terranova y hermana de Berenguer, y a un convento de monjas clarisas que debía construirse en Xàtiva con cargo a sus bienes, que recibiría para su mantenimiento una renta anual de 16.000 sueldos. A su vez, Margarita otorgó testamento el 9 de marzo de 1341 y, careciendo de descendencia, designó al rey como heredero universal de sus bienes valencianos, cuyo usufructo vitalicio otorgó a su marido, Nicolau de Janvilla. La donación a la corona estaba sujeta a la condición de que tales bienes no fueran enajenados del patrimonio real, debiendo pasar, en caso contrario, a manos del Papa. Cuando falleció su esposa, Nicolau de Janvilla hubo de hacer frente a las reclamaciones del convento de Santa Clara de Xàtiva, que exigía el dinero que su suegra le había asignado. El conflicto se resolvió con una sentencia arbitral dictada por Hug de Fenollet, obispo de Valencia, en enero de 1351, que concedía a las religiosas un tercio del señorío y rentas del castillo de Calp, así como el lugar de Altea; luego, en 1355, tras la muerte del conde de Terranova, Pedro el Ceremonioso se convirtió en señor de las otras dos partes de Calp; por esta razón, tal y como veremos en su momento, las rentas y gastos debían repartirse siguiendo la mencionada proporción. Todo parece indicar que la convivencia entre ambos poderes feudales fue tranquila: Alfonso de Aragón se encargaba de gestionar el señorío, en tanto que la abadesa se limitaba a cobrar su parte de la renta y a nombrar un procurador que sancionara las decisiones del conde; aunque, por supuesto, recibía el preceptivo juramento de fidelidad de los funcionarios designados por Alfonso.7
Si como acabamos de ver las condiciones del testamento de Margarita de Llúria impedían que esos territorios abandonasen el patrimonio real, ¿cómo se las arregló el Ceremonioso para soslayar semejante obstáculo? Ni más ni menos que aprovechando un codicilo que la condesa había redactado en 1343, en el que autorizaba la venta de bienes muebles para pagar sus deudas y últimas voluntades. Argumentando que tales bienes eran insuficientes para cumplir las disposiciones testamentarias de la difunta, y con el beneplácito de los albaceas (que no debió costarle mucho recabar), el rey ordenó la subasta pública de Calp y Altea, y remató su plan comprando él mismo ambos lugares por 120.000 sueldos en junio de 1356, pudiendo disponer libremente de ellos a partir de ese momento.
Finalmente, el proceso iniciado en 1322 con las primeras donaciones de Jaime II a su hijo Pedro de Ribagorza culminó el 12 de noviembre de 1358, cuando el infante ingresó en la orden franciscana y se hizo efectivo el traspaso de poder y el reparto de la hacienda familiar, quedando Alfonso de Aragón a la cabeza del linaje.8 Tras recibir de Pedro el Ceremonioso el señorío de los valles de Ayora y Cortes en 1364, y de Enrique II de Castilla el marquesado de Villena en 1366, Alfonso se hizo con el control de un gran estado.
A efectos recaudatorios y contables, y con independencia de las cuatro demarcaciones señoriales antes referidas (los distritos de Dénia, de Gandia, de las Montañas y del término del castillo de Calp y Altea), los territorios que formaban el condado de Dénia eran administrados por dos receptores, cada uno de ellos al frente de sendas receptories. Por un lado, estaba Pere Carbonell, responsable de la receptoría que percibía les rendes, drets e esdeveniments dels cristians del comtat de Dénia e de les moreries del termes dels castells de Palma e de Calp e del loch d’Altea. Dicho en otras palabras: Pere Carbonell cobraba los derechos señoriales que recaían sobre toda la población cristiana (y en su caso hebrea) del condado, residiera donde residiera, y recibía las rentas que pagaban los musulmanes de los términos de los castillos de Palma y de Calp y Altea. Además, cuando el señor reclamaba un subsidio, Carbonell percibía las cantidades satisfechas por los musulmanes que vivían en la morería de Gandia y en los límites municipales de dicha vila y de Dénia. En resumidas cuentas, Carbonell recogía en sus cuadernos contables los ingresos procedentes del distrito de Dénia, de la villa de Gandia con su contribución general y del término del castillo de Palma, del distrito del castillo de Calp y Altea y de aquellas localidades del distrito de las Montañas que contaban con habitantes cristianos, a saber: Callosa, Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Benidorm, Relleu, Finestrat y Guadalest.9
Por su parte, Bernat Torres administraba les rendes e altres drets de les moreries del comtat de Dénia, es decir, los ingresos procedentes del resto de la población musulmana del condado, registrando en su contabilidad las cantidades proporcionadas por las aljamas de los valles de Gallinera y Ebo (que pertenecían a la unidad administrativa de Gandia) y por las del distrito de las Montañas, donde encontramos detallados los valles de Castell de Castells, Confrides y Guadalest (diferenciándose las alquerías que foren de la senyora reyna, de las que foren del senyor infant), las morerías de Tàrbena, Finestrat, Relleu y Callosa ab sa collita (Micleta, Algar, Xirles, la Nucia, Polop, Macet y Senta Illa), y las alquerías de l’Arc (Alarch) y Sanxet y de Maserof (Almoçorof) y Olocau.
A partir de 1385, Torres también gestionó las rentas procedentes de les terres que foren d’en Gascó, después de que Alfonso de Aragón las recomprase a Castellana Gascó, viuda de Joan Martínez de Eslava y heredera universal de su padre, Guillem Gascó, el 13 de noviembre de 1384.10 Por otro lado, sabemos que su antecesor se encargaba de las rentas de la morería de Gandia (destruida en la Guerra de Castilla y que començà a tornar en 1366), cuya recaudación era dirigida por el batle de la moreria Mateu Sarriba. En algún momento anterior a 1375, Alfonso de Aragón asignó a su esposa Violant las cantidades que anualmente se recaudasen en la morería, de manera que dicha renta pasó directamente de la competencia de Mateu Sarriba a la del tesorero de la señora (cargo que ocupó el propio ...

Índice

  1. Cover
  2. Title
  3. Copyright
  4. Contents
  5. Abbreviations
  6. INTRODUCCIÓN
  7. 1. LA CONFIGURACIÓN DEL DOMINIO SENORIAL
  8. 2. LAS RENTAS ORDINARIAS: ESTRUCTURA Y TIPOLOGÌA
  9. 3. LA GESTIÓN DE LAS RENTAS
  10. 4. LA PRESIÓN SOBRE LOS VASALLOS: SUBSIDIOS Y CRÉDITO
  11. CONCLUSIONES
  12. APÉNDICES
  13. BIBLIOGRAFÌA